Se cuestiona si una promotora puede desistir de la obra nueva sin ofrecer una indemnización al comprador

El Supremo aclara: las arras penitenciales permiten al promotor desistir del contrato y no son abusivas

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha vuelto a poner el foco en una de las figuras más utilizadas y a la vez más discutidas del mercado inmobiliario: las arras en los contratos de reserva de vivienda sobre plano. Existen dos tipos de arras que se distinguen por el alcance de la responsabilidad: las penitenciales, con una penalización limitada a la señal; y las penales, donde se pueden reclamar daños adicionales. En este caso, la promotora desistió de acabar las viviendas, y los compradores exigían indemnizaciones superiores a la señal entregada, pese a que el acuerdo se firmó en régimen de las arras penitenciales, previsto en el artículo 1454 del Código Civil.
arras penitenciales

Arras penitenciales: qué son, cuánto hay que pagar y modelo 2024

Las arras penitenciales, también conocidas como arras de desistimiento, son una forma de garantía que se utiliza en los contratos de compraventa y que permite a las partes desistir libremente del cumplimiento del contrato. Te explicamos más a fondo en qué consisten, cuánto hay que pagar y cómo se tributan estas arras, que normalmente son un 10% del valor de la vivienda.
Arras

Las arras, una herramienta para asegurar el compromiso en cualquier compraventa de inmuebles

Las arras son un elemento del contrato de compraventa de inmuebles, mediante el que comprador y vendedor acuerdan entregarse una cantidad de dinero en concepto de anticipo al precio, como compensación al perjuicio ocasionado en caso de desistimiento o para establecer una sanción si alguna de las partes incumpliera el contrato. En la práctica, sirven para tratar de garantizar que la transacción se llevará a cabo y permiten a comprador y vendedor asegurarse de que la otra parte cumplirá con sus obligaciones. Said Carlos Montes, abogado especializado en derecho inmobiliario en Montes Abogados explica en qué situaciones son útiles.
Si vas a comprar una casa elige entre el contrato de arras o de reserva de la vivienda

Si vas a comprar una casa elige entre el contrato de arras o de reserva de la vivienda

A la hora de adquirir una vivienda, uno de los trámites más comunes para conseguir esa casa que tanto te gusta es concretar un preacuerdo entre ambas partes. Existe la opción de firmar un contrato de reserva o uno de arras. Explicamos sus diferencias, ventajas e inconvenientes según tu situación financiera, si eres comprador o vendedor o buscas asegurar la operación.

Los ‘contratos de arras’ sirven para más de lo que imaginas: tipos, diferencias y consecuencias

La compraventa de una vivienda se suele señalizar con una entrega de dinero que se formaliza en los llamados ‘contratos de arras’. Existen hasta tres tipos bien diferenciados: confirmatorias, penales y penitenciales. Las confirmatorias no autorizan a ninguna de las partes a desistir del acuerdo, mientras que las penales contemplan la ruptura del contrato con una penalización económica para el incumplidor. En el caso de las penitenciales, cualquiera de las partes puede desvincularse unilateralmente indemnizando a la otra con el doble de la cantidad adelantada.