Tributos explica si se paga la tasa de basuras por un inmueble vacío y quién la abona si está alquilado
La tasa de recogida de residuos sólidos urbanos sigue generando dudas entre propietarios e inquilinos. Entre las más habituales se encuentran si hay que pagar este tributo por un inmueble vacío y quién asume el pago cuando está arrendado. La Dirección General de Tributos (DGT) ha respondido a estas y otras cuestiones en una consulta vinculante donde analiza la tributación de oficinas, trasteros y plazas de garaje desocupados, el papel del propietario como sustituto del contribuyente y el tratamiento que la normativa dispensa a los criterios de cuantificación de la cuota, entre ellos el valor catastral.