¿Puedo talar el árbol del vecino si las ramas invaden mi propiedad?

¿Se pueden talar las ramas del árbol del vecino que invaden mi jardín?

En una comunidad de propietarios la convivencia vecinal no siempre es pacífica y suelen ocurrir conflictos, sobre todo en lo relacionado con las obras, las terrazas o los jardines. Una de las disputas más frecuentes es si se pueden talar las ramas del árbol del vecino que invaden tu jardín. La respuesta corta es no, no puedes talar el árbol del vecino si las ramas invaden tu jardín así como así. Pero puedes exigir al vecino que corte las ramas. En caso de que se niegue, puedes acudir a la vía judicial.
Tribunal Supremo

El Supremo aclara cómo actuar si un vecino cierra su terraza sin autorización de la comunidad

El Tribunal Supremo acaba de resolver un asunto que suele darse más de lo previsto en algunas comunidades de propietarios. Hay muchos vecinos que deciden cerrar su terraza con o sin el consentimiento del resto de propietarios y en algunos casos también tiran muros para unir la terraza con el resto de la vivienda. El Alto Tribunal recalca que es esencial que quien quiera cerrar la terraza y anexionarla a la casa debe contar con el consentimiento de los copropietarios.
Las recetas para adaptar el ‘coliving’ al Derecho español

Las recetas para adaptar el ‘coliving’ al Derecho español

El interés por desarrollar proyectos de 'coliving' en España sigue creciendo, aunque uno de sus principales obstáculos es su vacío legal. Según el despacho de abogados Méndez Lit, este negocio no tiene cabida en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), por lo que es necesario buscar una alternativa que encaje en el ordenamiento jurídico. Entre ellas estaría establecer un régimen de coarrendamiento o darle un uso urbanístico de residencial comunitario. Repasamos en qué consisten las diferentes propuestas.
La 'legítima' deja de ser intocable: ya se puede desheredar a un hijo por maltrato psicológico

La 'legítima' deja de ser intocable: ya se puede desheredar a un hijo por maltrato psicológico

Hasta ahora la ‘legítima’, entre el 33% y el 66% del total de la herencia, era prácticamente intocable. Sin embargo, dos sentencias recientes del Tribunal Supremo han incluido el maltrato psicológico como motivo que justifica la privación de la herencia. El Supremo puntualiza que no se trata de “meras discrepancias o simples discusiones en el seno familiar”, sino una conducta de menosprecio o abandono que provoquen sufrimiento o perturbación en el testador.