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Tribunal Supremo
Fachada del Tribunal Supremo idealista/news

El Tribunal Supremo acaba de resolver un asunto que suele darse más de lo previsto en algunas comunidades de propietarios. Hay muchos vecinos que deciden cerrar su terraza con o sin el consentimiento del resto de propietarios y en algunos casos también tiran muros para unir la terraza con el resto de la vivienda. El Alto Tribunal recalca que es esencial que quien quiera cerrar la terraza y anexionarla a la casa debe contar con el consentimiento de los copropietarios.

En el caso resuelto, el demandante interpuso la demanda contra el vecino que cerró su terraza con PVC y, además, eliminó la pared preexistente de la terraza. El demandado alegó que el demandante carecía de legitimidad para interponer dicha demanda porque su parecer iba en contra del resto de vecinos, tal y como recuerda Salvador Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico.  

Ahora el Supremo estima que la comunidad de propietarios dio el visto bueno al cierre de la terraza, pero no a la demolición de los muros de cierre de la vivienda. Por eso, condena al vecino demandado a reponer los muros demolidos para anexionar vivienda y terraza.

Y, por otro lado, el Alto Tribunal considera que el demandante sí que tiene derecho a ejercitar acciones legales que competen a la comunidad de vecinos, siempre y cuando actúe en beneficio de todos los propietarios y en defensa del interés sobre los elementos comunes.

Los elementos comunes de un edificio

El artículo 396 del Código Civil establece que los elementos comunes de un edificio son los necesario para su adecuado uso y disfrute: fachadas, terrazas, balcones, cubiertas, escaleras, porterías, patios, ascensores, etc.

“El mantenimiento de los elementos comunes del edificio corresponde a todos los copropietarios. No en vano, la realización de obras para la adecuada conservación de los servicios e instalaciones comunes no requerirá acuerdo previo de la Junta de propietarios. Y tendrá carácter obligatorio por lo que no cabrá oponerse a la realización de tales reparaciones. Con independencia de que sean solicitadas por algunos vecinos o impuestas por la Administración Pública”, señala Salcedo.

Qué posibilidades hay de modificar un elemento común

En principio, sí es posible modificar un elemento común de un edificio, pero siempre que haya consentimiento por parte de la comunidad de propietarios. Así, cualquier alteración de un elemento común deberá acordarse en la Junta de Propietarios con la mayoría legalmente exigida.

El cerramiento de una terraza es una actuación sobre elementos comunes relativamente frecuente. Anteriormente exigía el acuerdo unánime de todos los copropietarios. Y actualmente, tras la reforma llevada a cabo por Ley 8/2013, requiere el voto favorable de los 3/5 de los propietarios que representen las 3/5 partes de las cuotas de participación. Así como la autorización administrativa del organismo correspondiente y el consentimiento de los propietarios afectados.

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