Muchos autónomos tienen aún dudas sobre si pueden deducirse los gastos de vivienda.
Hacienda siempre ha puesto trabas y restricciones a la hora de determinar qué gastos puede deducirse un empleado que realiza parte o toda su actividad profesional desde su hogar.
La Agencia Tributaria recuerda al contribuyente que debe revisar con atención todos los datos que incluye el borrador, ya que el organismo no siempre puede recopilar la información necesaria para reflejar fielmente su caso concreto. Sobre todo, hay que ser cuidadoso con los datos personales y familiares, los relacionados con la vivienda, los que recogen las aportaciones a planes de pensiones o cuotas sindicales y los relativos a las deducciones a las que opta.
Si tienes una vivienda vacacional en alquiler, los ingresos que percibas los tendrás que reflejar en la declaración de la renta como “rendimientos del capital inmobiliario”.
Si trabajas desde casa como autónomo, puedes deducirte como gasto una parte proporcional de la casa. También, el coche si lo utilizas para trabajar, o los tickets de taxi y billetes de avión, siempre y cuando cumplan con tres condiciones: que estén relacionados con tu actividad, que estén justificados con factura y contabilizados
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