El Supremo advierte: las notificaciones administrativas o tributarias deben indicar qué se quiere notificar
Toda notificación postal (administrativa o tributaria) que no logra llegar a su destinatario, deja constancia del intento realizado, indicando el día, hora, y las circunstancias en que se intentó la notificación. Sin embargo, es muy poca la información que aparece en el aviso de recibo. Por ello, el destinatario de la notificación acaba yendo a recogerla prácticamente a ciegas, sin saber muy bien qué le deparará el destino, y qué tipo de notificación recibirá. Ahora el Tribunal Supremo acaba de decidir qué información debe constar en el acuse de recibo.