Acción reivindicatoria: la Justicia aclara cuándo es posible recuperar una finca
La Audiencia Provincial de Teruel ha puesto el foco en dos cuestiones que pueden pasar desapercibidas en muchos conflictos inmobiliarios: la necesidad de un título de propiedad sólido y la identificación exacta del terreno que se reclama. En una sentencia dictada en octubre, confirma la desestimación de una acción reivindicatoria, un desenlace que deja importantes lecciones para propietarios, herederos y compradores. Según el tribunal, para recuperar la posesión de un bien que está en poder de un tercero sin título que lo justifique es necesario demostrar tres elementos: un título de dominio válido, identificación precisa del bien y una posesión indebida por parte del demandado.