
Conocer la fiscalidad de cada proceso comercial que realizamos es fundamental para hacer todo dentro del marco legal. En este artículo analizamos cómo se calcula el ITP de una vivienda, cuánto se debe pagar por este impuesto, quién debe pagarlo y quién está exento, entre otros aspectos, de la mano de los expertos de Rankia.
¿Qué es el ITP?
El Impuesto sobre Transacciones Patrimoniales es un tributo que grava la compraventa de viviendas usadas, vehículos y/o ampliaciones de capital. Se paga a la delegación de Hacienda de cada Comunidad Autónoma cuando existe una transacción comercial de compraventa de un bien mueble o inmueble y se hace presentando el modelo 600 en el caso de las viviendas.
El ITP es un impuesto indirecto, ya que se aplica sobre la transacción y el valor de esta. En esta legislación se encuentran implícitos tres impuestos diferentes: las transacciones patrimoniales onerosas (TPO), las operaciones societarias (OS) y los actos jurídicos documentados (ADJ). En este artículo nos concentraremos en las transacciones patrimoniales onerosas.
¿Qué transacciones están sujetas al ITP?
En España las principales transacciones que están sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales son:
- Compraventa de viviendas de segunda mano: Cuando se adquiere una vivienda usada entre particulares, la operación está sujeta al ITP y no al IVA
- El alquiler de viviendas, incluyendo el alquiler de temporada, como pisos de estudiantes
- La compraventa de vehículos usados entre particulares está sujeta al ITP, a menos que se adquiera para su posterior reventa, en cuyo caso estaría exenta
- Algunas operaciones realizadas por sociedades también pueden estar sujetas al ITP en la modalidad de "Operaciones Societarias"
¿Cómo calcular el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?
Para cada Comunidad Autónoma, la cantidad a pagar por el ITP es distinta, por lo que la recaudación de este impuesto se realiza en la delegación de Hacienda de la Comunidad en la que se encuentra el bien adquirido.
Para saber cuánto es el ITP de una vivienda es necesario tener en cuenta los cambios que se aplicaron el pasado 10 de julio de 2021 en la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. En esta nueva ley “se modifica la base imponible del impuesto, sustituyendo el valor real por valor de referencia de Catastro, concepto que se equipara al valor de mercado”.
Esto se debe a que cuando se establecía el valor de una vivienda, se solían cometer fraudes para pagar menos impuestos. Ahora, la base imponible sobre la que se aplica el cálculo del ITP de una vivienda, va determinado por el valor de mercado de la vivienda, específicamente el que determine la Dirección General del Catastro, sin que este supere el valor que circule en el mercado.
Teniendo esto en cuenta, los puntos que debemos considerar para calcular el ITP de una vivienda son:
- Tipo general del 4%
- Gravamen del 8% para viviendas hasta 400.000 euros
- Gravamen del 9% para viviendas hasta 700.000 euros
- Gravamen del 10% para viviendas de más de 700.000 euros
- En el caso de plazas de garaje los porcentajes anteriores se aplican a los límites de 30.000 euros (8%), 50.000 euros (9%) y más de 50.000 euros (10%)
Es importante destacar que estos porcentajes cambian para cada Comunidad Autónoma. Incluso se pueden aplicar fracciones de 8,5% y 9,5% en determinados rangos de valor. Si no estás seguro de cuál es la tarifa aplicable en determinada Comunidad, puedes usar una calculadora de ITP, un simulador sencillo en el que deberás indicar el valor de la vivienda y la Comunidad Autónoma en la que se encuentra.

Ejemplo sobre cómo se calcula el ITP de una vivienda
Lo primero es saber el valor del bien inmueble, lo cual determina la Dirección General del Catastro. Sin embargo, debes saber que, los tributos correspondientes a la compra de la vivienda, entre ellos el ITP, se establecen sobre el valor más alto entre el valor de referencia (catastro) y el valor escriturado.
Una vez establecido el valor de la base imponible, es momento de calcular el ITP de la vivienda aplicando la tarifa correspondiente. Por ejemplo, si vas a comprar una vivienda de segunda mano en Murcia con valor de referencia de catastro de 100.000 euros, el cálculo del ITP en este caso será de 8.000 euros, ya que se aplica el 8% del valor referencial.
Cabe destacar que la base imponible no tiene deducciones. Solo podrán ser deducibles las cargas que disminuyan el valor real de los bienes.
¿Cuándo se paga el ITP al comprar una vivienda?
Antes de nada, recuerda que el ITP se abona antes de la firma de la escritura pública de compraventa. Es importante que el comprador esté al tanto de este impuesto y lo incluya en su presupuesto al planificar la adquisición de la vivienda.
El comprador debe presentar una declaración ante la Administración Tributaria de la comunidad autónoma donde se encuentra la vivienda. Se utiliza el modelo 600 para completar los datos de la operación y se presenta junto con el pago correspondiente.
El plazo para pagar el ITP es de 30 días hábiles a partir de la fecha de la escritura de compraventa. Si no se cumple con el plazo, pueden aplicarse recargos e intereses.
¿En qué situaciones se aplica la exención del ITP?
Existen algunas situaciones en las que una persona o empresa está exenta de pagar el ITP. Estas son las más comunes:
- Transferencias entre cónyuges: Tanto en casos de separación como de divorcio, cuando se produce una transmisión de bienes o derechos entre esposos o parejas de hecho, se puede solicitar la exención del ITP
- Herencias y donaciones: Dependiendo de la legislación pertinente, puede haber una exención o una reducción de la cuota del ITP
- Operaciones realizadas por el Estado, administraciones públicas, Seguridad Social y entidades sin ánimo de lucro
- Transmisiones de bienes o derechos en pago de indemnizaciones judicialmente reconocidas
¿Quién tiene que pagar el ITP?
El ITP lo debe pagar la persona física o jurídica que adquiere en calidad de compra una vivienda que sea de segunda mano (las transacciones entre viviendas de primera mano están gravadas con el IVA).
En el caso de una compra, quién paga es el comprador, mientras que, en el caso de alquiler de la vivienda, el arrendatario es quien debe pagar el ITP.
2 Comentarios:
El alquiler no tiene ITP, ni el inquilino ni el arrendador pagan ITP , en el artículo se cometen los dos errores
Hola, teniendo una discapacidad superior al 65% en un piso de precio max de 200.000€ en la C. Valenciana, que % de ITP se pagaría?
Gracias
Gabriela
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