Miguel Ángel García Martín, portavoz del Gobierno de la CAM

Estas son las nuevas rebajas fiscales por comprar o alquilar una vivienda en Madrid

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha analizado un anteproyecto de ley que contempla varias rebajas fiscales por comprar o alquilar una vivienda en esta comunidad autónoma. Se trata de una batería de rebajas fiscales sobre el IRPF, impuestos de Transmisiones Patrimoniales y de Actos Jurídicos Documentados, para favorecer el acceso a la vivienda que beneficiarán a cerca de medio millón de ciudadanos con un ahorro estimado de 118,2 millones de euros el primer año de su vigencia. Estas nuevas medidas se pondrán en marcha este año. 
sociedad de gananciales

La vivienda aportada a la sociedad de gananciales, exenta de tributar en el IRPF

El Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Madrid, órgano dependiente del Ministerio de Hacienda, ha indicado que el cónyuge que aporta bienes (inmuebles, por ejemplo) a la sociedad de gananciales está exento de tributar en el IRPF porque realmente no transmite nada, sigue siendo propietario del 100% de la propiedad. Así, este organismo se suma a la doctrina del Tribunal Supremo que establece que tampoco se paga el ITP ni el Impuesto de Sucesiones.

Inquilino, deberás pagar el ITP y agradecer a Hacienda que (encima) no te sancione

Los contribuyentes que hayan estado recientemente de alquiler en Madrid, Andalucía o Cataluña y lo hayan declarado a Hacienda tienen pocas posibilidades de librarse de pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) sobre los arrendamientos. Ahora bien, los expertos insisten en que han tenido suerte: incumplir la ley tributaria, aunque sea por desconocimiento, está sujeto a sanciones de hasta el 75% de la deuda, pero tanto abogados como autonomías descartan multar y abrir expedientes.

La fórmula para comprar un inmueble y no pagar impuestos

Cuando se compra un inmueble lo normal es pagar IVA, si es de obra nueva, o ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales), si es de segunda mano. Sin embargo, la ley permite adquirir un inmueble y no pagar ninguno de estos impuestos. Eso sí, sólo en determinadas circunstancias tal y como señala el asesor fiscal Juan Sagalés: que la propiedad vaya a destinarse a una actividad empresarial y que tanto el comprador como el vendedor sean empresarios o profesionales.