
El Constitucional entra a analizar si es legal el valor de referencia de Catastro, la base para pagar el ITP
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía contra el valor de referencia de Catastro, que sirve como base imponible de tributos tan importantes como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El objetivo de los jueces es dilucidar si la opción legislativa consistente en determinar la base imponible de estos impuestos mediante la imposición del valor de referencia de Catastro, prescindiendo de la valoración singularizada de los inmuebles, es objetiva y razonable. Y es que, en caso contrario, podríamos hablar de la existencia de un gravamen ficticio, que vulneraría el principio de capacidad económica (art. 31.1 de la Constitución).