¿Quién está exento del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)?

Existen algunas operaciones que no están gravadas por el Impuesto de Transmisiones, aunque sí por otros: toma nota y benefíciate
¿Quién está exento de pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?
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Uno de los tributos más frecuentes a pagar en las transacciones inmobiliarias es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuya cuantía depende de la comunidad autónoma en la que se ubique el inmueble. Sin embargo, existen determinados supuestos en los que es posible liberarse de pagarlo. Te lo contamos todo, ¡toma nota!

¿Quién está exento del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

El ITP es obligatorio en la mayoría de operaciones inmobiliarias, pero existen determinados escenarios en los que el comprador puede estar exento de pagarlo, lo que supone un alivio en la carga financiera. Estas son las causas que contemplan no pagar el tributo:

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  • Compra de vivienda protegida: Cuando la propiedad que se compra está considerada VPO o vivienda protegida, el comprador podría estar exento de abonar el ITP o pagar un tipo reducido.
  • Adquisición de inmuebles por herencia o donación: En los casos en que una propiedad se adquiera a través de una herencia o donación, no habrá que pagar ITP. Sin embargo, este tipo de operaciones tributan por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
  • Compra de vivienda de obra nueva: Los compradores de viviendas de obra nueva no tienen que pagar ITP, pero sí otros tributos. En concreto, han de asumir un 10% de IVA del precio total de la casa con carácter general.
  • Compra de inmuebles en una subasta pública: En caso de que el inmueble subastado sea nuevo, este puede estar sujeto a IVA y no a ITP.
  • La compraventa de coches: Si compras un coche a un profesional de la compraventa de vehículos no tendrás que pagar ITP, pero sí IVA.

¿Quién paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

El sujeto pasivo del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales varía según el tipo de operación:

  • Transmisión de bienes: El adquirente.
  • Expedientes de dominio y actas de notoriedad: La persona que los promueve.
  • Constitución de préstamos o fianzas: El prestatario y el acreedor afianzado.
  • Constitución de alquileres: El arrendatario.
  • Constitución de pensiones: El pensionista.
  • Constitución de concesiones administrativas: El concesionario.
  • Actos y contratos equiparados a concesiones: El beneficiario.

¿Es obligatorio pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

Sí, es el ITP es obligatorio al comprar bienes de segunda mano entre particulares. Sin embargo, el tipo impositivo no es fijo a nivel estatal, sino que lo determina cada Comunidad Autónoma dentro de ciertos márgenes. En el caso de viviendas, locales o inmuebles usados los tipos suelen oscilar entre el 6% y el 11% del valor real del bien.

¿Cómo saber si mi casa cumple con los requisitos para una exención de ITP?

Para saber si tu vivienda puede acceder a una reducción del ITP en 2026, debes consultar la normativa de tu CCAA, ya que varía entre regiones. En general, estos son los requisitos:

Requisitos que debe cumplir el comprador:

Requisitos que debe cumplir la vivienda:

  • Debe ser vivienda habitual, normalmente durante al menos tres años.
  • Límites de valor habituales para tipos reducidos: Hasta 150.000 euros para jóvenes y víctimas, y hasta 250.000 euros para personas con iscapacidad o familias numerosas.
  • No tener otra casa en propiedad.
  • Vivienda protegida (VPO): Suele estar exenta o bonificada.
  • Reventa profesional: Por ejemplo, en Andalucía se aplica un tipo reducido del 2% si se compra para rehabilitar y vender en dos años, y la vivienda vale menos de 500.000 euros.

¿Qué documentación necesito para solicitar la exención del ITP? 

Hay que presentar el Modelo 600 (autoliquidación) ante la administración autonómica, incluso si la cuota es cero. También se debe contar con documentación que acredite la exención: escritura pública, contrato de compraventa, DNI/NIE, certificado de discapacidad, de familia numerosa, etc.

¿Cuánto es el ITP reducido?

El ITP reducido depende de la comunidad autónoma y el perfil del comprador (joven, discapacidad, víctima de terrorismo o de violencia de género, familia numerosa, etc.), situándose frecuentemente en el 3,5% o 6% para vivienda habitual, en lugar del tipo general que puede rondar entre el 7% y el 10%.

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