Poco recorrido legal ha tenido la ya famosa sentencia de la audiencia provincial de Navarra en la que permitía a un hipotecado en apuros entregar su vivienda al banco y saldar su préstamo. Un nuevo auto de la sección tercera de la audiencia Provincial de Navarra contradice el emitido anteriormente por la sección segunda, ya que señala que la adjudicación de la vivienda en subasta no es suficiente para saldar la deuda hipotecaria, con lo que permite al banco seguir reclamando el crédito al deudor y embargar bienes suficientes como para cubrir la deuda
En el nuevo auto emitido el pasado 4 de febrero, la audiencia rechaza "íntegramente las consideraciones jurídicas contenidas en el único fundamento de derecho de la resolución apelada, procediendo la completa estimación del recurso".
El nuevo auto es duro con la anterior sentencia, ya que considera que "es de tal evidencia" la normativa respecto al cumplimiento en estos casos de las obligaciones por parte del deudor con todos sus bienes presentes y futuros así como en los supuestos de ejecución dineraria en caso de bienes hipotecados o pignorados, que "no alcanzan a comprenderse las razones por las cuales la juez 'a quo' eludió la aplicación al caso de la preceptiva mencionada, pues con independencia de las opiniones personales que los preceptos mencionados puedan merecer, cuestión ajena al contenido de esta resolución, lo cierto es que el supuesto planteado en este caso tenía perfecto encaje" según lo recogido en el Código Civil, "sin que corresponda al juez asumir funciones reservadas al legislador, sino aplicar la ley al caso concreto"
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217 Comentarios:
La dación en pago deberá establecerse en España.El banco tasa el bien hipotecado,que asuma,pOR LO MENOS, su tasación que equivale a casi el total de lo prestado y al quedarse con él reste el importe de la tasación de la deuda total,como mínimo.
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Y por que???
El mercado de la vivienda es cómo cualquier otro: los precios suben y bajan en función de la oferta y la demanda.
¿Quien se quejaba cuando las subidas eran del 15% anual?
¿Quien se llevaba entonces las plusvalias? Pues el cuñado, el vecino, el pescadero.. Y tu mismo, zoquete...
Hay que estar a las buenas y a las malas, ahora que cada palo aguante su vela.
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Preguntas por qué ???
Simplemente porque hay profesionales cualificados que han cobrado honorarios por "asesorar" y que deben compartir una responsabilidad y un riesgo.
Porque si tu encargas a un contable especializado que haga un análisis de una empresa para saber si su valor en bolsa está de acuerdo a su patrimonio y a sus resultados, es para que haga una valoración profunda y no para que te diga que el último mes se cotizó a tanto y ahora se está pagando a tanto otro.
Eso lo puede hacer cualquira solo leyendo los cierres de cotización, al profesional se le exige otra cosa y para eso se le paga.
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Oferta y demanda, ni más ni menos.
El mercado pagaba 300.000 euros por un piso en 2008 y ahora resulta que ofrecen 200.000.
El profesional tasador simplemente ratificó que la susodicha vivienda era susceptible de venderse en 2008 por semejante disparate porque había un número suficiente de borregos dispuestos a pagarlo.
¿Y qué? Era verdad verdadera hace 3 años...
Una agencia de rating puede valorar las acciones de telefónica en 2008 por un valor unitario de 22 euros y en 2010 valorarlas en 14. Y no se equivocarán ni engañarán a nadie. Las condiciones del mercado han cambiado, hay crisis, el PIB no crece y aumenta el paro.
Pues lo mismo ocurre con el precio de la vivienda. Creo que no hay que ser muy listo para entenderlo. Pero lo fácil es echarle la culpa a los demás y no a la propia codicia ( o ignorancia )
El desconocimiento de las leyes (del mercado) no exime de su cumplimiento ( o padecimiento). Aquí y en roma.
Hablo del que compró una vivienda para su familia y pecó de confiado. De estúpido si quieren. Sencillamente porque no estaba capacitado para valorar, porque de buena fe entendió que si un profesional tasador -a quien pagó generosamente por un estudio que no hizo- y un banco que le otorgaba su crédito ponía el dinero necesario, eran razones más que suficientes para entender que aquello que compraba con tanto sacrificio valía lo que iba a pagar a lo largo de su vida.
No me vale que algunos justifiquen la estafa diciendo que los compradores son culpables por haberse dejado timar........ y atención que no hablo ni defiendo esto por mi ya que compré mi vivienda en el 92 y no debo un duro.
Digo que justificar a los estafadores por la falta de buen criterio de los compradores sería lo mismo de que la policía le respondiera a la víctima de un atraco en la calle:
"Jódase por no ir al gimnasio, no saber defensa personal y llevar dinero en su bolsillo. La próxima vez no salga de su casa".
Yo entiendo que en un estado de derecho debe haber leyes que protejan a los ciudadanos de los abusos, que protejan si quieren al tonto del avispado.
Una forma de educar a la gente para que no se repita esto sería que desde el gobierno se alertase a los ciudadanos de los riesgos que implica tomar una hipoteca.................sin embargo ya ven, es el propio presidente de gobierno quien anima a comprar diciendo que los precios han tocado fondo. O la Beatriz corredor que decía que 2010 era la oportunidad para comprar.
He ahí otros responsables. O nó ?
Al menos, así lo veo yo.
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No ves la realidad.
El problema es que los precios de los pisos oscilan al alza y a la baja.
Cuando decides comprar un piso con tu dinero, que el mercado inmobiliario tenga mucha demanda o mucha oferta no te afecta, tu pagas con tu dinero y ya tienes tu piso comprado.
Pero si no tienes dinero y lo pides prestado, te comprometes a devolver el dinero que te dejan.
Por tanto ahora lo único que tienes que hacer es devolverlo pagando todos los meses.
¿No puedes pagar todos los meses? El que te lo dejó te lo reclama, está en su derecho.
La solución está en tu mano, vendelo coge el dinero y paga tu deuda.
Esta es la clave así de sencillo. Vendelo y paga lo que debes al banco, no te piden otra cosa. Nadie te pregunta nada de tasaciones ni de técnicos, te dicen que les devuelvas lo que les debes.
¿No puedes devolver lo que debes? Tienes un grave problema.
El banco no tiene ninguna culpa, eres tu quien incumple lo pactado. Paga lo pactado.
Pero.... si no pagas el banco querrá recoger el dinero porque tampoco es suyo.
Tenemos un problema.
¿Lo pillas?
¿Ves que sencillo?
La aceptación de la dación en pago sólo es obligatorio en 13 De los 50 estados de EEUU
Decir lo contrario sí es mentir:
"The following is a list of non-recourse and recourse states. Recourse basically means that the lender can come after you (has recourse against you) if your house sold at auction or through a short sale for less than the amount owed the lender. If you borrowed $350,000 to buy your home and it sold at auction for $200,000 there is a deficiency of $150,000. That lender can have recourse against you for that amount depending on your state."
"La siguiente es una lista de los estados sin recurso y con recurso. El recurso básicamente, significa que el prestamista puede perseguirle (reclamar contra de usted), si su casa se vendió en una subasta o mediante venta al descubierto por menos de la cantidad adeudada al prestamista. Si Ud recibió un préstamo de $ 350,000 para comprar su casa y se vendió en una subasta por 200.000 dólares hay una diferencia de $ 150,000. Ese prestamista puede recurrir contra usted por esa cantidad dependiendo de su estado"
Non-Recourse States: alaska, arizona, california, connecticut, idaho, minnesota, north Carolina, north Dakota, oregon, texas, utah, washington State
Recourse States: alabama, arkansas, colorado, delaware, district of Columbia, florida, Georgia, hawaii, illinois, iowa, indiana, kansas, kentucky, louisiana, maine, maryland, massachusetts, michigan, montana, mississippi, missouri, ohio, nebraska, nevada, new Hampshire, new Jersey, new Mexico, new York, oklahoma, pennsylvania, puerto Rico, rhode Island, south Carolina, tennessee, vermont, virginia, west Virginia, wisconsin, wyoming
La aceptación de la dación en pago sólo es obligatorio en 13 De los 50 estados de EEUU
Decir lo contrario sí es mentir:
"The following is a list of non-recourse and recourse states. Recourse basically means that the lender can come after you (has recourse against you) if your house sold at auction or through a short sale for less than the amount owed the lender. If you borrowed $350,000 to buy your home and it sold at auction for $200,000 there is a deficiency of $150,000. That lender can have recourse against you for that amount depending on your state."
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Por favor, ¿Podrías indicar la fuente con un enlace?
Gracias
Sí, claro
Espero que salga bien, porque creo que tengo que activar los scripts para que me dé esta opción, y nunca lo he conseguido hacer bien.
Nada, no me sale el botón para incrustar enlaces (es cosa de mi navegador). Tamoco me deja poner la dirección competa porque me bloquea el comentario por considerarlo spam.
Te dejo la dirección sin http, las barras y las tres w. Te ruego que lo completes tú, y me perdones por mi torpeza. Si no te sale, lo intento de nuevo.
Forecloseddreams.com/recourse_states
Y estas dos:
Banking.about.com/od/loans/a/recourseloan.htm
(No lleva las 3 w)
"Recourse Loans - The Recourse
Recourse loans get their name from the fact that lenders have power. They are allowed to go after you for amounts that you owe - even after they’ve taken collateral. If you default on a recourse loan, the lender can bring legal cases against you, garnish your wages, and try to collect the amount you owe.
A legal action to collect money after foreclosure is generally called a deficiency judgment.
Non-Recourse Loans
A non-recourse loan does not allow the lender to pursue anything other than collateral. For example, if you default on your non-recourse home loan, the bank can only foreclose on the home. They generally cannot take further legal actions against you. The bank is out of luck even if the sale proceeds do not repay the loan.
Non-recourse loans create the most risk for lenders. Because they can only collect the collateral - and nothing else, they want to see lower loan to value ratios to reduce their risk. These loans may have higher interest rates than recourse loans."
Loansafe.org/forum/foreclosure-laws/4130-recourse-v-non-recourse-states.html
(Con las 3 w)
"List of Non-Recourse Mortgage States and Anti-Deficiency Statutes
In a non-recourse mortgage state, borrowers are not held personally liable for more than the home’s value at the time that the loan is repaid. The lender may recoup some of its loss through foreclosure. However, the lender may not sue the borrower for additional funds. If the foreclosure sale does not generate enough money to satisfy the loan, the lender must accept the loss
State laws often dictate whether a loan is a recourse loan or not. California is best known as a non-recourse loan state that makes it hard for lenders to sue. Some states give lenders flexibility in how they pursue defaults, but many lenders choose not to sue because defaulting borrowers often don’t have much to sue for. "
Buenas tardes. Muchas gracias. Mientras escribo, se ve que tu comentario continúa en la cocina. Me alegro de que Rodrigo Alfaro se haya puesto manos a la obra para restringir el spam, ya que Había crecido espectacularmente el interés por el deporte y por la supuesta compra de partidos. Tu comentario no lo era, evidentemente. Un saludo.
Buenas tardes. Muchas gracias. Mientras escribo, se ve que tu comentario continúa en la cocina. Me alegro de que Rodrigo alfaro se haya puesto manos a la obra para restringir el spam, ya que había crecido espectacularmente el interés por el deporte y por la supuesta compra de partidos. Tu comentario no lo era, evidentemente.
Un saludo.
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Buenas tardes compañero.
Es bueno controlar el spam, pero sin pasarse.
Para cortar el colesterol no es necesario cortar totalmente el riego sanguíneo, entre otras cosas porque aunque seguro que el paciente no muere de colesterol, morirá inmediatamente por el remedio tan extremo.
Eso pasó ayer, no pude conectar en ningún caso pues el filtro impedía cualquier post, no dando acceso ni siquiera tecleando la clave antispam ofrecida por la propia web repetidas veces . Desesperante.
Ayer el foro estuvo prácticamente bloqueado, entiendo que por este problema técnico aunque los temas propuestos tampoco eran para tirar cohetes, pero ya son muchas ocasiones con problemas/ataques/interrupciones técnicas.
Un saludo y sigue en la brecha, te necesitamos.
Hola caribdis.sigue con el hilo anticorupción y gracias por la invitación,ya veremos. Un saludo
Buenas tardes, de Albacete. Reconozco que tienes bastante razón, ya que ayer fue un día realmente extraño. Un compañero se lamentaba hace un rato de los problemas que tuvo al tratar de publicar un comentario. Es muy probable el filtrado se encuentre en periodo de rodaje, aunque en mi caso no me afecta en la práctica, quizás por estar registrado. Bueno, en realidad también me ocurre, pero a la hora de editar y volver a publicar. Confío en que el equipo de idealista encuentre un punto de equilibrio, porque este medio tiene que ser muy abierto y dinámico, aunque personalmente no me guste responder sobre la marcha. Muchas gracias por los ánimos. Espero verte en Madrid. Voy a escribir un correo a Dani Montero dentro de unos días, a ver si se apunta de nuevo. Un saludo.
Todo este asunto tiene su raiz perversa en la misma constitución de la hipoteca.
En primer lugar no se debería consentir por los Sres. Notarios que se incluyan cláusulas "totalmente abusivas" en la formalización de la hipoteca tales como que "independientemente de la garantía hipotecaria, el deudor responde también con todos sus bienes presentes y futuros... como si de una cadena perppetua se tratara.- La razón es la siguiente: la entidad financiera es la que tasa la vivienda con un tasador de su eleccion y, por tanto, si con la cifra de esa tasacion -que normalmente va un poco por debajo del mercado- esta dispuesta a conceder el prestamo hipotecario, no es de recibo que se añadan cláusulas totalemtne abusivas.
En caso de tener que llegar a la ejecucuón de la hipoteca, tampoco estaría mal que, en la actual situación económica, se repartieran un poco las pérdidas entre entidad y cliente no contemplando en la cifra final a exigir los intereses de demora y otros gastos "especiales", máxime que, desde que el cliente deja de pagar, hasta que la Entidad prepara toda la documentación y las comunicaciones consiguientes pueden pasar entre 6 y 12 meses en algunos casos, acumulándose unas cifras de intereses de demora que, en la mayoría de los casos, son las cantidades quer no se cubren en la subasta y que se le reclaman postariormente al cliente durante toda su vida hasta que consiga pagarlos.
Que los jueces vean este tema y consideren "deuda real" el importe de capital e intereses normales y referidos a la fecha en que el cliente manifiesta a la Entidad que ya no puede pagar mas. ... uN POSO DE JUSTICIA POR FAVOR
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