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La sentencia del macrojuicio contra las cláusulas suelo podría no sentar jurisprudencia
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El macrojuicio contra las cláusulas suelo en las hipotecas que afecta a 15.000 denunciantes, y presentado conjuntamente por Adicae, afectará únicamente a los demandantes, sin sentar jurisprudencia a otros afectados, según el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza y experto en demandas colectivas, Javier López Sánchez.

“No hay en estos casos una verdadera acción colectiva. En realidad se trata de acciones de carácter individual que se ejercitan de forma acumulada. La sentencia que se dicte circunscribe a los sujetos en cuyo nombre se ejercitan las acciones de que son titulares”, se afirma en la conclusión del informe elaborado por el decano.

La batalla judicial de la Asociación de usuarios de banca (Adicae) comenzó en 2010 al demandar a varias entidades financieras por incluir este tipo de cláusulas en las hipotecas. Poco a poco se fueron sumando más afectados hasta alcanzar la cifra actual. Desde el pasado 24 de junio se celebrará este juicio visto para sentencia y que puede llegar a influir sobre más de 2 millones de hipotecas firmadas en España.

El experto argumenta que el principio invocado en estas demandas es la nulidad de estas cláusulas, dados los vicios realizados durante el consentimiento de las condiciones de la hipoteca. “Tales vicios se producen en cada contrato y responden a circunstancias de carácter estrictamente individual”, concreta López Sánchez.

Lo que si hay que dejar claro es que para conseguir que el banco elimine estas cláusulas abusivas hay que acudir a los tribunales. Además, a las demandas contra estas cláusulas suelo se une si se aplicará una retroactividad total o solo la parcial que estableció el Tribunal Supremo con la sentencia de mayo de 2013.

La Comisión Europea se ha mostrado partidaria de aplicar la retroactividad total a las sentencias contra las cláusulas suelo. Tras las recomendaciones de los abogados de la CE, queda esperar la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

El Banco de España y el BCE prefieren que no haya retroactividad y no poner en peligro la estabilidad financiera. Todo queda a la espera de conocer la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid y de Estrasburgo.

 

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