Son muchas las personas que llegan a los 65 años sin haber cotizado o no acumular el tiempo suficiente como para cobrar una pensión contributiva. Sin embargo, hay una alternativa para cobrar una pensión sin contar con los 15 años que exige la Seguridad Social.
Según explica el Imserso, "la pensión no contributiva jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva".
No obstante, es necesario cumplir una serie de requisitos para poder beneficiarse de ella. Repasamos las condiciones, las excepciones que existen, las cuantías máximas y dónde se solita esta prestación:
Importe de la prestación
La cuantía básica para un pensionista es 5.899,60 euros al año, lo que se traduce en 421,40 euros al mes en 2022, tras la subida del 3% que incluían los Presupuestos Generales del Estado. Si dentro de una misma familia hay dos beneficiarios, el importe máximo individual es de 5.014,66 euros anuales (358,19 al mes), mientras que si hay tres beneficiarios, el límite de cada uno es de 4.719,68 euros al año (337,12 euros mensuales).
Los requisitos para cobrar la prestación
La edad
Es necesario tener al menos 65 años para percibir esta prestación
La residencia en España
Es necesario vivir en España y haberlo hecho durante al menos 10 años entre los 16 y los 65 años de edad. Además, es obligatorio haber residido de forma legal en el territorio nacional los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud de esta prestación.
Los ingresos
Los ingresos o la renta del solicitante no pueden superar los 5.899,60 euros anuales, salvo que conviva con otras personas. En esos casos, los límites se amplian.
- Si el solicitante vive con el cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado (como padres, hijos, hermanos abuelos y nietos), los ingresos máximos son:
- 10.029,32 euros anuales con dos convivientes
- 14.159,04 euros anuales con tres convivientes
- 18.288,76 euros anuales a partir del cuarto conviviente
- Si el solicitante convive con parientes consanguíneos de segundo grado y entre ellos se encuentra alguno de sus padres o hijos, los ingresos máximos son:
- 25.073,30 euros anuales con dos convivientes
- 35.397,60 euros anuales con tres convivientes
- 45.721,90 euros anuales con cuatro convivientes
Dónde se solicita la prestación
La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una Pensión no Contributiva se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). En las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla se hace directamente por el Imserso.
"La solicitud de PNC podrá presentarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social, en las que se facilitará el impreso correspondiente, o por correo", explica el organismo.
Incompatibilidades
Según explica el Imerso, la pensión no contributiva de jubilación "es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales, con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona, así como con la condición de causante de la asignación familiar por hijo a cargo mayor de 18 años y con discapacidad igual o superior al 65%".
Complemento si vive de alquiler
En el caso de tener reconida la pensión de jubilación no contributiva, existe un complemento para quienes vivan de alquiler, no tengan una vivienda en propiedad y no tengan parentesco de hasta tercer grado con el arrendador. La cuantía anual del complemento asciende a 525 euros.
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