
En España, la pensión que recibirá una persona en el futuro depende de sus aportaciones al sistema de pensiones. Para ello, se debe contribuir un mínimo de 15 años de cotización para acceder al derecho a pensión. Esto se aplica tanto a autónomos como a trabajadores por cuenta propia, quienes deben cotizar en el Régimen de la Seguridad Social (Régimen General de Trabajadores Autónomos para los primeros, y Régimen General para los segundos).
Esta aportación a la Seguridad Social se calcula en función de la base de cotización. En este artículo explicamos qué es, cómo se calcula, para qué sirve, cuál es la base mínima y máxima de cotización y cómo se puede solicitar el informe que muestra la base de cotización.
¿Qué es la base de cotización?
La base de cotización se refiere a la remuneración mensual bruta que un trabajador recibe estando inscrito en la Seguridad Social, incluyendo las horas extras, pagas extra prorrateadas y las vacaciones retribuidas no disfrutadas.
Sin embargo, ciertos ingresos no se consideran en el cálculo de la base de cotización, como las dietas, los gastos de transporte o la formación de un empleado sufragada por la empresa.
Consulta las diferencias entre la base reguladora y la base de cotización.
¿Para qué sirve la base de cotización?
La base de cotización determina la cantidad que tanto el empresario como el trabajador deben pagar a la Seguridad Social. Esta contribución es esencial para acceder a las prestaciones de la Seguridad Social, como el paro, las pensiones contributivas (de jubilación o por incapacidad) o por baja médica.
El importe de estas prestaciones depende directamente de la base de cotización: una cotización más baja (dentro del rango entre la base mínima y máxima) resultará en prestaciones más bajas, y viceversa. Además, la ley exige que la base de cotización se refleje en la nómina del trabajador, aunque también se pueden consultar en la sede electrónica de la Seguridad Social.
¿Cómo solicitar el informe de bases de cotización?
Para solicitar el informe de bases de cotización, existen dos métodos principales:
Obtener el informe de bases de cotización por correo ordinario
- Primero debes acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social clicando sobre este enlace
- Seguridad Social
- Seguidamente, deberás completar el formulario con tus datos
- Tras confirmar que los datos son correctos, se generará un número de referencia que es conveniente guardar para futuras consultas
- Te llegará un email con el mismo
- Si todo ha ido bien, en el correo te aparecerá un mensaje en el que se especifica que el trámite se ha completado correctamente
- Ahora solo toca esperar a que te llegue el informe
Solicitar el informe de bases de cotización online
- Para ello hay que acceder a la página de “Informes de Bases de Cotización en la Sede Electrónica de la Seguridad Social”Seguridad Social
- Después debes seleccionar un método de identificación: Certificado Digital, Usuario y Contraseña, Cl@ve, Sin Certificado y SMSSeguridad Social
- Una vez identificado, tendrás acceso a tus bases de cotización online. Debes seleccionar un año de liquidación y pulsar en “buscar”. Podrás hacerlo varias veces para consultar diferentes años.
Base mínima de cotización y base máxima
Existen tanto una base mínima como una máxima establecidas por ley. Estas bases varían entre los 11 grupos de cotización existentes, cada uno con su propia base mínima y máxima de cotización. Estos grupos se definen según diferentes criterios, como la categoría profesional y el tipo de trabajo realizado:
Tabla de bases de cotización máximas y mínimas
Categoría | Base mínima de cotización | Base máxima de cotización |
Ingenieros y Licenciados (personal de alta dirección) | 1.629,30 euros/mes | 4.495,50 euros/mes |
Ingenieros técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados | 1.351,20 euros/mes | 4.495,50 euros/mes |
Jefes Administrativos y de Taller | 1.175,40 euros/mes | 4.495,50 euros/mes |
Ayudantes no Titulados | 1.166,70 euros/mes | 4.495,50 euros/mes |
Oficiales Administrativos | 1.166,70 euros/mes | 4.495,50 euros/mes |
Subalternos | 1.166,70 euros/mes | 4.495,50 euros/mes |
Auxiliares Administrativos | 1.166,70 euros/mes | 4.495,50 euros/mes |
Oficiales (de primera y segunda) | 1.166,70 euros/mes | 4.495,50 euros/mes |
Oficiales (de tercera) y Especialistas | 1.166,70 euros/mes | 4.495,50 euros/mes |
Peones | 1.166,70 euros/mes | 4.495,50 euros/mes |
Trabajadores (menores de dieciocho años y de cualquier categoría profesional) | 1.166,70 euros/mes | 4.495,50 euros/mes |
Base de cotización de los autónomos
En España, los trabajadores por cuenta propia o autónomos no cotizan en el Régimen General de la Seguridad Social, sino en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). La contribución de estos trabajadores se realiza a través del pago de la cuota de autónomo, la cual varía en función de la base de cotización que elija cada uno.
En 2023, la estructura de cotización para los autónomos está dividida en 15 tramos, en función de los ingresos reales del trabajador. Cada uno de estos tramos tiene asignada una base mínima y una base máxima de cotización. La elección de la base de cotización dentro de estos tramos permite a los autónomos ajustar sus contribuciones a la Seguridad Social según sus ingresos, influyendo directamente en las prestaciones a las que tendrán derecho, como pensiones o prestaciones por incapacidad.
Categoría | Base mínima de cotización | Base máxima de cotización |
Para ingresos de 670 euros al mes o inferiores | 751,63 euros/mes | 849,66 euros/mes |
Para ingresos de entre 671 euros/mes y 900 euros/mes | 849,67 euros/mes | 900 euros/mes |
Para ingresos de entre 900,01 euros/mes y 1.166,69 euros/mes | 898,69 euros/mes | 1.116,70 euros/mes |
Para ingresos de entre 1.166,70 euros/mes y 1.300 euros/mes | 950,98 euros/mes | 1.300 euros/mes |
Para ingresos de entre 1.300,01 euros/mes y 1.500 euros/mes | 960,78 euros/mes | 1.500 euros/mes |
Para ingresos de entre 1.500,01 euros/mes y 1.700 euros/mes | 960,78 euros/mes | 1.700 euros/mes |
Para ingresos de entre 1.700,01 euros/mes y 1.850 euros/mes | 1.013,07 euros/mes | 1.850 euros/mes |
Para ingresos de entre 1.850,01 euros/mes y 2.030 euros/mes | 1.029,41 euros/mes | 2.030 euros/mes |
Para ingresos de entre 2.030,01 euros/mes y 2.330 euros/mes | 1.045,75 euros/mes | 2.330 euros/mes |
Para ingresos de entre 2.330,01 euros/mes y 2.760 euros/mes | 1.078,43 euros/mes | 2.760 euros/mes |
Para ingresos de entre 2.760,01 euros/mes y 3.190 euros/mes | 1.143,79 euros/mes | 3.190 euros/mes |
Para ingresos de entre 3.190,01 euros/mes y 3.620 euros/mes | 1.209,15 euros/mes | 3.620 euros/mes |
Para ingresos de entre 3.620,01 euros/mes y 4.050 euros/mes | 1.274,51 euros/mes | 4.050 euros/mes |
Para ingresos de entre 4.050,01 euros/mes y 6.000 euros/mes | 1.372,55 euros/mes | 4.139,40 euros/mes |
Para ingresos que sean superiores a los 6.000 euros/mes | 1.633,99 euros/mes | 4.139,40 euros/mes |
Ejemplo práctico sobre la base de cotización
Para entender mejor qué es la base de cotización, aquí tienes un ejemplo práctico:
Un trabajador tiene un salario base de 2.000 euros mensuales. Además, tiene un complemento salarial de 300 euros mensuales. La base de cotización de este trabajador sería de 2.300 euros mensuales.
Las cotizaciones a la Seguridad Social se calculan aplicando un porcentaje a la base de cotización. Estos porcentajes varían en función de la contingencia por la que se cotiza. Por ejemplo, el porcentaje de cotización por contingencias comunes es del 28,30%, siendo el 23,6% a cargo del empleador y el 4,70% a cargo del empleado.
En este caso, las cotizaciones a la Seguridad Social serían las siguientes:
- Empresa: 472 euros (28,30% * 2.300 euros)
- Trabajador: 94 euros (4,70% * 2.300 euros)
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