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2 Respuestas:
Es matemáticamnete imposible que lleves 18 años si el contato es de 2000. Estamos a 2012.
Tienen razón los dos comentarios anteriores.
Cómo llevas 16 años viviendo con un contrato del 2000, si estamos en 2012?
El hecho de que no hayan declarado en hacienda el alquiler no tiene nada que ver con la prórroga ni con lo que ha pasado.
Seguramente, el alquiler era de un año prorrogable, y lo fueron dejando pasar sin más papeleo, con lo cual seguramente han considerado que tu contrato estaba extinguido ya que habían pasado los 5+3 años previstos en la Lau de 1994.
Tenían que habértelo ofrecido antes de venderlo, y si no lo han hecho, tienes derecho de retracto sobre la operación de compra-venta (sólo durante un mes después de que te notifiquen la venta o la conozcas por cualquier medio). Consiste en que durante ese mes te puedes quedar con el piso por el precio de venta señalado en la escritura.
El problema viene ahora, seguramente porque ellos consideran que tú estás viviendo en el piso sin contrato y por tanto sin derecho, y tú porque crees que tienes derecho de ocupación eterna. Atención a esto, porque aún cuando el nuevo propietario tenga la obligación de mantener el arrendamiento, sólo te quedaría 1 año para cumplir los 5 del supuesto nuevo contrato tácito, es decir, que en cualquier caso te tienes que ir en un año.
La posibilidad de vengarte del propietario denunciandolo en hacienda sólo afectaría a los últimos cinco años.
Busca un abogado que te explique tus derechos, no son tanto como te imaginas.
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