Pregunta de

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Anonymous
19 Septiembre 2012, 16:55

Si en el momento de la firma no se contemló esta posibilidad con fecha concreta, y el futuro inquilino la aceptó, no se puede según la lau de 1994 vigente actualmente.
El anteproyecto de la nueva ley sí contempla esta posibilidad, pero aún debe pasar el trámite parlamentario y entrar en vigor, afectando sólo a los contratos firmados a partir de entonces.
Esto que en principio parece ser bueno para los propietarios en realidad se volverá en su contra, ya que los epañoles solemos ser gente estable y la posibilidad de ser echados sin contemplaciones según el libre deseo del propietario conducirá a que sean más reticentes, pongan menos interés en la conservación de las viviendas, busquen caseros sin familia (bancos y empresas, que por otra parte es lo que sin duda busca esta ley) y ofrezcan menos garantías accesorias y menos importe mensual ante la incertidumbre.

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