Pregunta de

2 Respuestas:

29 Marzo 2013, 16:33

No puedes hacer nada, por mucho que tengas un contrato el inquilino puede marcharse cuando quiera. Tu en cambio si que estarías obligada a cumplir el contrato, al menos durante 5 años si el inquilino quisiera y manteniendo el precio (solo subiendo el IPC), el abogado que te ha contestado debería saber que los contratos no tienen por que cumplirse si no respetan la ley... y la ley protege al inquilino como te acabo de decir, deberás bajarle el precio si quieres mantenerle en tu casa, además no te conviene entrar en juicios con una persona que está dentro de tu piso, y si te deja de pagar? como lo sacarás entonces de alli?!

Cristina
4 Abril 2013, 2:07

Por desgracia, la ley es muy clara en las obligaciones del arrendador respecto al cumplimiento del plazo pero no la del inquilino, y tampoco hay uniformidad de criterios entre los jueces, lo lógico sería tener derecho a una indemnización igual al periodo incumplido o hasta que lo volviese a alquilar, pero si no se detalló nada expresamente en el contrato sobre desistimiento, queda al arbitrio del juez que toque. Yo he tenido sentencias de todo tipo, desde que indemnizaba hasta que se volviese a alquilar, hasta sólo el mes de fianza.
Mi recomendación, como abogada y como arrendadora, intentar llegar a un acuerdo, negociar una cantidad de uno o dos meses de alquiler, y si no entra en razón, pues no te queda otra que la vía judicial, pero es cierto como ha dicho niqui, que esa persona está dentro del piso, no sabes lo que le puede hacer, ni si te va a pagar. Y cobrar las rentas impagadas dependerá de la solvencia y la posibilidad de embargar. En muchas ocasiones es más práctico, tener la cabeza fría, dejar que se vaya y volverlo a alquilar, pero esta vez asegúrate de incluir en el contrato una clausula fijando la indemnización para el caso de desistimiento.

Cristina Magro
Www.consultoresquatro.es

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta