1 Respuestas:

joansegui
5 Noviembre 2024, 11:37

Hola. La normativa - Real Decreto 390/2021 - excluye de realizar los certificados energéticos a construcciones inferiores a 50 m2 y que son independientes, es decir, chalets. Las oficinas con una superficie inferior a 50 m² están obligadas a obtener el certificado de eficiencia energética si se pretende ponerlas en venta o alquiler. Esto se debe a que los futuros compradores o arrendatarios tienen el derecho fundamental de conocer el consumo energético estimado de la oficina en condiciones normales de funcionamiento.

Un saludo desde OVACEN

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