2 Respuestas:

BROSH
3 Septiembre 2010, 10:31

Consideramos necesario obtener autorización de la comunidad de propietarios para hacer obras en un espacio que es un elemento común, aunque su uso y disfrute sea exclusivo de la vivienda a la que está adscrito.
En todo caso consulte los estatutos de la comunidad que deben figurar en la escritura de división horizontal del edificio, y están inscritos en el registro de la propiedad.
Tenga en cuenta que las reparaciones a que hubiera lugar de la cubierta y del espacio bajo cubierta, en la medida que es un elemento común, es también a cargo de la comunidad.

3 Septiembre 2010, 11:32

Imagino que se trata de un Duplex relativamente nuevo, y que el terrado o cubierta es de uso privativo del propietario del piso de debajo de la misma, en este caso usted, si se lo queda. Quizas se deba acceder por la escalera comunitaria, o quizas le abrieron una escalera desde el interior de la vivienda una vez pasada inspección para acceder directamente desde la misma a dicho espacio, en todo caso, el uso y disfrute de la misma le da derecho a como bien dice la palabra a disfrutar de ello, pero como la nuda propiedad(solo titularidad) es de la comunidad, en caso de problemas de goteras, por ejemplo, seria, la propia comunidad la que se deberia hacer cargo de la reparación y pago de la factura, esto solo afecta a lo que este inscrito como nuda propiedad a favor de la comunidad. SI POR EL CONTRARIO USTED FUERA EL RESPONSABLE DE LOS DAÑoS, dEBERÍa HACERSE CARGO USTED DE LA REPARACIÓn.
En cuanto a las reformas, usted no es el propietario de la cubierta, solo de su uso, por tanto en caso de querer hacer alguna reforma, necesita el permiso de la comunidad, como bien ha dicho el compañero/a anterior.
Veo que usted se refiere además a una bajo cubierta, en principio la bajo cubierta suele ser una buhardilla, aunque imagino que usted se refiere a otra terraza, si es así, en la nota simple del registro de la propiedad puede leer la descripción de la vivienda y si en ella le indica que la vivienda consta de x metros más una terraza, y no le indica nada de que la nuda propiedad de esa terraza sea de la comunidad, entonces significa que esa terraza es suya en pleno dominio, por tanto en caso de goteras las pagaría usted, a diferencia de la cubierta que al ser comunitaria lo pagaría la comunidad.

Espero que le haya ayudado

Jordi

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