Hola, He comprado un piso y antes de comprarlo, los vecinos decidieron vender el piso del portero y repartir los beneficios entre los propietarios. Después de haberlo comprado ha llegado una carta para pasar a recoger el cheque a la gestora de la comunidad. ¿En este caso debo recogerlo yo o el anterior propietario?
Gracias
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1 Respuestas:
Desde la fecha "X" que formalizas la escritura de la compraventa, y siendo que en dicho documento no aparece ninguna cláusula referente al tema "X", adquieres todos sus beneficios de uso, pero también todos los pagos, obligaciones, deudas, etc.
Si la formalización de la compraventa del ático fue anterior a la fecha de escritura de compraventa, es del antiguo propietario, si es posterior, debería ser tuyo.
Pero, por supuesto, con escritura en mano, directamente a pregunta en despacho de abogados. Un saludo
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