Pregunta de

1 Respuestas:

9 Julio 2010, 19:46

Tiene la consideración de vivienda habitual toda edificación que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años.

Una casa prefabricada puede tener la consideración de vivienda habitual pero ha de estar acondicionada como vivienda, y reunir los requisitos de titularidad, residencia efectiva y permanencia por parte del contribuyente requeridos por la normativa del irpf.

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