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En un alquiler, ¿Qué paga el casero y qué el inquilino?
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El gobierno de España quiere impulsar la vivienda en alquiler, así como la vpo, como una salida a la crisis. Al mismo tiempo que crece la oferta de pisos en alquiler, lo hacen las dudas de los inquilinos en foros de Internet

Es frecuente ver dudas sobre quién paga los gastos que genera una vivienda en alquiler, ya sea vpo o libre: gastos de comunidad, el ibi o el seguro de hogar. En el caso de una vpo hay que tener en cuenta que los contratos de alquiler se celebran al amparo de la ley de arrendamientos urbanos y se someten al régimen jurídico previsto en la misma

Si en el contrato no figura nada, los gastos generales de la vivienda (comunidad, piscina, ascensos, garajes…) deberá abonarlos el propietario de la vivienda. Sin embargo, podrá repercutirlos al inquilino siempre que esté pactado y firmado en el contrato de alquiler. Igualmente, los servicios individuales como agua, luz, teléfono, electricidad, etc… serán abonados por el inquilino salvo que las partes pacten lo contrario

Respecto al coste de las obras hay que diferenciar entre las que sean de conservación y de desgaste. Entre las primeras estarían todas las que conduzcan a conservar la habitabilidad apropiada de la vivienda (goteras, grietas…) y serán abonadas por el propietario. Por otro lado, las pequeñas reparaciones producidas por el desgaste en el uso (rotura de interruptor) deben ser abonadas por el inquilino

La corte de arbitraje, empresa que utiliza El Sistema Arbitral para solucionar los problemas, recuerda que cuando hay materias de libre disposición que se pactan en un contrato y se firman por ambas partes luego no se pueden considerar "abusivas" puesto que ambas partes llegan a un acuerdo. "Además, en estos casos son servicios que está disfrutando el arrendatario", añade

Sin embargo, lo que considera abusivo es que el propietario repercuta el seguro de hogar al inquilino, "puesto que el tenedor del seguro siempre tiene que ser el propietario de la vpo", aclara la corte de arbitraje. Por ello, es vital negociar con el propietario el contrato de arrendamiento para que no incluya este tipo de gastos

Según el plan de vivienda estatal 2009-2012, en las vpo hay una renta máxima anual, que será el 4,5% ó el 5,5% del precio máximo legal que la vivienda protegida tendría en caso de que se pusiera en venta, según la duración del contrato de arrendamiento sea de 25 ó 10 años, respectivamente

La corte de arbitraje advierte de que con este límite de renta anual estipulado, el propietario puede cobrar el máximo al inquilino y "meter absolutamente todo lo que quiera, como gastos de comunidad, ibi, tasas de basura o seguro de hogar aunque esto se puede quitar porque no es una obligación que corresponda al inquilino"

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82 Comentarios:

20 Enero 2010, 11:52

In reply to by culturista bilingue (not verified)

El proprietario no obliga a comprar la campana extractora, directamente dice que no es su asunto, ya que los gastos de mantenimiento son a cargo del inquilino. Ese es como una parede de goma.
Es obvio que la campana se deterioró en los 5 años anteriores, como el resto de las cosas.
Intereses ocultos no hay, hay solo el interes en no perder un piso bonito y a precio razonable

20 Enero 2010, 13:00

In reply to by alessio (not verified)

No puedo entender a algunos caseros. ¿No será que lo que quiere es que te largues para alquilarlo luego mas caro?.
Estas pillado. ¿Que vas a hacer cuando se te joda la lavadora o el frigorífico?

10 Junio 2010, 20:11

In reply to by Culturista bilingue (not verified)

Arreglarlo, para eso lo estas utilizando

25 Enero 2010, 18:18

In reply to by alessio (not verified)

Si te cuento lo mio con mi casera, bueno es que te tiras por el suelo, a llos 15 días, se me estropea la lavadora ¡, Res, aHh ya te apañaras, yo la deje en condicioes. El tec. De la casa/lavadora, por poco me pega; esta lavadora hace años que ya no se fabrica. Anda al desguaze en busca de piezas. Lo d el anevera ya no lo explico y menos los muebles de cocina (firmados por yushuff el turco, cundo invadió el pueblo). Pero lo tengo guardado-todo lo viejo- y, al irme lo recolocaré y bon vent et bateau noveau. Osea.

25 Enero 2010, 9:33

In reply to by culturista bilingue (not verified)

No faltes al respeto a los demás, demasiada educación ha tenido alessio en su respuesta, porque a tu apodo se le puede sacar mucha tajada campeón…

14 Septiembre 2010, 17:27

In reply to by culturista bilingue (not verified)

Listillo lleno de hipocresia...pues si es obligacion del que alquila y lo marca la ley de que si no funciona lo ha de arreglar..de listos esta lleno el mundo!!!bocazas.

24 Enero 2010, 15:37

In reply to by Alessio (not verified)

Mi situación es similar, vivo en un piso alquilado, y si algún electrodoméstico se avería, el pago del mismo corresponde al inquilino, claro no estoy de acuerdo y he intentado aclarar la situación en la oficina del consumidor, el problema está en que desafortunadamente hay vacíos legales; la ley dicta: las grandes reparaciones le corresponden al propietario y las pequeñas, al inquilino; pero que son grandes y pequeñas reparaciones...
Considero que cuando alquilas un piso amueblado, las averias por uso ordinario deben caer por cuenta del propietario; claro, aquellas producidas por un mal uso debe ser responsabilidad del inquilino...no entiendo que actualmente el gobierno intente impulsar la vivienda en alquiler sin antes aclarar esos vacíos legales; por otro lado, continuamente salen leyes que aseguran los derechos del propietario, mientras los inquilinos nos encontramos cada vez más desfavorecidos, y con la impotencia de ver que es el propietario el tiene la sartén por el mango

quevedo
24 Enero 2010, 20:14

In reply to by silvia (not verified)

Domingo, 24 Enero 15:37 Silvia responde a Alessio
Mi situación es similar, vivo en un piso alquilado, y si algún electrodoméstico se avería, el pago del mismo corresponde al inquilino, claro no estoy de acuerdo y he intentado aclarar la situación en la oficina del consumidor, el problema está en que desafortunadamente hay vacíos legales; la ley dicta: las grandes reparaciones le corresponden al propietario y las pequeñas, al inquilino; pero que son grandes y pequeñas reparaciones...
Considero que cuando alquilas un piso amueblado, las averias por uso ordinario deben caer por cuenta del propietario; claro, aquellas producidas por un mal uso debe ser responsabilidad del inquilino...no entiendo que actualmente el gobierno intente impulsar la vivienda en alquiler sin antes aclarar esos vacíos legales; por otro lado, continuamente salen leyes que aseguran los derechos del propietario, mientras los inquilinos nos encontramos cada vez más desfavorecidos, y con la impotencia de ver que es el propietario el tiene la sartén por el mango

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Interesante comentario.Un saludo.

26 Enero 2010, 5:55

In reply to by silvia (not verified)

Muebles rotos mordidos por perros, pisadas de zapatos en el techo, se te quedaban pegados los zapatos en el parket cuando pisabas y que pude hacer....nada. Ahora crees que tengo la sarten por el mango y que merece alquilar tu casa ?

monik
20 Enero 2010, 11:21

Mi mejor amigo tuvo que pagarle al jeta del propietario dos meses de facturas de luz, gas y agua por que las dejo debiendo, ya ni paga la hipoteca.
En caso de embargo, mi amigo podría optar a ese piso no? pero de qeu manera?

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