El sindicato de técnicos del ministerio de hacienda (gestha) ha elaborado un listado con los errores más comunes cometidos en los borradores confirmables y no confirmables de la presente campaña de la renta 2009. En dichos borradores se omiten ingresos y reducciones, deducciones y circunstancias que deben ser revisadas
A continuación mostramos los 43 errores
1. Matrimonios o separaciones producidos durante 2009
2. Importe de las pensiones compensatorias a ex cónyuge y anualidades por alimentos a los hijos comunes
3. Nacimientos y adopciones en 2009, salvo que haya obtenido el “dama” (deducción por maternidad anticipada) y el “cuna” (nacimientos desde julio 2007) apareciendo como “pendiente de rectificar”
4. Desajustes en el importe global de la deducción por maternidad (si cobra del inem, no discierne del tiempo de desempleo, aunque tenga derecho a la deducción, como no se detecta, el borrador marca “pendiente de rectificar”. También por cambio de afiliación de ss –extranjeros- recoge el pago anticipado pero no la deducción por maternidad)
5. Retroacción a 2009 de los beneficios fiscales de la minusvalía aunque fuera concedida en 2010, si se solicitó la valoración médica en 2009. Igual sucede con el aumento del grado de minusvalía solicitada en 2009
6. Fallecimiento de uno de los cónyuges
7. Fallecimiento de ascendiente o descendiente
8. Cuotas sindicales y colegios profesionales. Conviene repasar el borrador modificado al incluir estas cantidades, para evitar que el resultado sea peor que antes de incluir estos gastos deducibles
9. Gastos de defensa juridica de los trabajadores. Conviene repasar el borrador modificado al incluir estas cantidades, para evitar que el resultado sea peor que antes de incluir estos gastos
Deducibles
10. Omisión de los salarios pendientes de pago adelantados por el fogasa, motivados por declaración de insolvencia en los juzgados de lo social, suspensión de pagos, quiebra, concurso de acreedores
Y fuerza mayor
11. Omisión de las subvenciones sujetas y no exentas para adquisición de vivienda habitual (como la ayuda estatal directa a la entrada)
12. Omisión de las ayudas del plan 2000e para la adquisición de vehículo. Debe asegurarse que ha sido realmente beneficiario de esa ayuda porque los concesionarios adelantaban el importe de la ayuda, que quedaba pendiente de la concesión y cobro, pero es posible que el crédito se hubiera agotado y el concesionario haya asumido esa diferencia como un descuento comercial que no tributa
13. Omisión de la pérdida de valor del vehículo achatarrado para poder beneficiarse de las ayuda del plan 2000e para la adquisición de vehículo. Esa pérdida puede tener la consideración de disminución patrimonial
14. Omisión de las subvenciones sujetas y no exentas inferiores a los 3.000 euros
15. Omisión de la deducción por vivienda habitual comprada por ambos cónyuges y el préstamo hipotecario figura al 50%, pero en los datos catastrales consta la titularidad a uno solo (100%) en la deducción por adquisición de vivienda sólo aplica la deducción a la parte del préstamo del que figura como titular y quedan sin deducir los pagos del préstamo efectuados por el otro cónyuge
16. Error en la deducción por vivienda habitual si cambia de banco la hipoteca. En el borrador aparece la cuantía referida a la "cancelación total " del préstamo antiguo. No aparecen datos de la nueva entidad acreedora, ni el importe del nuevo préstamo
17. Indebida suma como renta imputada de garajes y anexos que se compraron conjuntamente con la vivienda habitual, que no tributan (solo se corrigen si lo indica el contribuyente)
18. El importe de seguros de incendios de vivienda y de vida exigidos al formalizar hipoteca de la vivienda habitual
19. Compensación de porcentajes incrementados de deducción por vivienda, siempre que cumplan los requisitos de financiación y conste la fecha de compra antes del 20/1/2006
20. Deducción del pago hipoteca de vivienda habitual del ex cónyuge e hijos
21. Deducción en las cuentas vivienda
22. Deducción de los pagos mientras está en construcción la futura vivienda habitual
23. Deducción por alquiler de vivienda
24. Donaciones deducibles (solo aparecen si existen certificados)
25. Revisión de las deducciones autonómicas, según anexo. Solo aparecen si hay terceros obligados a suministrar los datos y estos son indubitables para el cálculo
Además, existen otras causas de borradores pendientes de rectificar (no confirmables):
26.datos personales incompletos (nuevos declarantes)
27.separación matrimonial con hijos comunes
28. Contribuyentes con posible percepción de anualidades o pensiones compensatorias
29. Descendiente nacido o adoptado en 2009
30. Descendiente sin NIF con 14 años o más
31. Contribuyentes con percepciones inem y de otras fuentes e hijos menores de 3 años (para el dama)
32. Tener imputadas por terceros rentas profesionales de escasa cuantía (clave g, menor de 5.000 €)
33. Expedientes de regulación de empleo aprobados desde 8-3-2009, (la aeat ha enviado 270.000 cartas a desempleados -posibles beneficiarios o no- de la elevación del límite exento aprobada con efectos retroactivos)
34. Intereses percibidos de entidades vinculadas (por la modificación de la normativa de las
Socimis)
35. Viviendas adquiridas en el 2009 aparecerá como “pendiente de rectificar” si hay un préstamo nuevo y la entidad no ha consignado correctamente las claves de la finalidad del préstamo
36. Existencia de dos o más prestamos hipotecarios
37. Contribuyentes que no consignaron referencia catastral de algún inmueble del que según catastro eran titulares (por este motivo han enviado desde el catastro 320.000 cartas a contribuyentes)
38. Confirmación de borrador IRPF 2008 sin anotar la referencia catastral en vivienda habitual
39. No disponer de la información necesaria para adquisición de inmueble
40. Subvenciones sin identificar el destino de la misma
41. No obligados a presentar declaración con resultado a ingresar (por error en las retenciones)
Situaciones que quedan fuera de borrador:
42. Por ser nuevo solicitante de borrador y desconocer su ccaa de residencia durante 2009
43. Cuando a un cónyuge no se le puede calcular el borrador y concurren al tiempo circunstancias que harían necesario calcular la opción de tributación más favorable. ( Ejemplo: cuando un matrimonio haya presentado su declaración conjunta en IRPF 2008 por ser la más favorable y para IRPF 2009 uno de ellos queda excluido de borrador, al otro cónyuge no se le enviará borrador individual sino que recibirá los datos fiscales)
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3 Comentarios:
8 y 9 - qué???!!! la declaración de renta nunca saldrá peor añadiendo gastos deducibles, quedará mejor o igual.
15 - no es cierto, si el prestamo está al 50 % se lo imputan a los dos, aunque el dato del catastro diga 100% de uno de los dos.
A veces no viene puesta la deducción por vivienda habitual, porque el contribuyente no ha modificado su domicilio fiscal o porque el año pasado no se dedujo.
16. Si que aparecen datos de la nueva hipoteca. El problema es que del prestamo antiguo aparece todo el capital pendiente amortizado, no hay manera de saber cuanto pago el contribuyente en ese ejercicio, antes de cancelarlo.
24 - si no existe certificado y la entidad no lo declaró... que piensas presentar si te revisan?? es como decir que solo constan rendimientos de trabajo si existe certificado, las cosas en "negro" no salen en el borrador, cierto, que fallo!!
25 - solo aparecen si ya se tienen todo los datos necesarios ( por ejemplo, hijos , minusvalias...)
Es obligatorio con 17 años hacer la declaracion de la renta
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Buenas a todos, he cometido un error, al modificar el borrador y confirmar la declaración ha salido el documento que la asignacion tributaria es para fines sociales. No encuentro el modo de modificar ésto, a ver si alguien me ayuda para poder hacerlo. Tampoco se si la asignacion tributaria se refiere a la cantidad íntegra que me devuelven o no
Saludos y gracias de antemano por la respuesta
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