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Las comunidades de propietarios tendrán que declarar a la agencia tributaria partir del uno de enero de 2014 todos los pagos que realicen a terceros como las empresas de limpieza, jardinería, fontaneros, albañiles, ascensores, siempre que estos superen los 3.005,6 euros

No obstante, el consejo general de colegios de administradores de fincas (cgcafe) aclara que las comunidades no están obligadas a declarar las compras de combustible y suministro de energía eléctrica o agua para uso comunitario

También están exentos los seguros que protejan zonas o elementos comunes. Ni el alquiler si han alquilado alguna vivienda, ya que está exento de iva

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