
Seguramente usted aún no lo sabe, pero si tiene una casa en venta y la compró antes de 1994, se le avecinan unos meses de vértigo. Será protagonista de una aventura contrarreloj, en la que necesita encontrar un comprador para su casa antes del 31 de diciembre. Usted y todos los que, como usted, venden pisos adquiridos con anterioridad a esa fecha van a tener problemas para dormir.
Por si aún no se ha enterado, estamos a las puertas de un nuevo rally inmobiliario: una competición por vender la casa antes de que llegue una fecha concreta. Provocará un aluvión de operaciones cerradas y una bajada aún mayor de precios. Parece contradictorio pero no lo es
¿La razón? El 1 de enero de 2015 se eliminarán los coeficientes de abatimiento para el cálculo de la plusvalía de la venta de viviendas adquiridas antes de 1994. Dicho de otro modo, a partir de ese momento Hacienda modificará la forma en que se calcula la plusvalía de las viviendas y dejará de aplicar descuentos a las viviendas que se compraron antes de aquel año
Hasta ahora, para calcular el beneficio económico obtenido por la venta de un inmueble, se aplicaba un coeficiente reductor (llamado coeficiente de abatimiento) que corregía la variación de los precios durante todos esos años. Ahora esos coeficientes desaparecen y el cálculo se realizará sobre la diferencia entre el precio de compra y el de venta.
A raíz de este cambio, aquellas personas que a partir del 1 de enero de 2015 vendan un inmueble comprado al menos 20 años antes tendrán que tributar más por ello hasta un 55% más, a no ser que… a no ser que cierren la operación antes del 31 de diciembre de 2014.
Con total probabilidad, cuando el grueso de los vendedores afectados sean conscientes de la situación (la medida se anunció en julio, pero ha pasado inadvertida entre los calores veraniegos) comenzarán las carreras para conseguir cerrar operaciones antes de nochevieja. Antes que pagar más a hacienda va a haber codazos entre los vendedores, por lo que es muy posible que el número de operaciones cerradas registre unas tasas de crecimiento que nos van a asombrar.
No es el primera vez que una decisión política relacionada con la fiscalidad dispara puntualmente el número de operaciones. Sucedió cuando en diciembre de 2012 desaparecieron las desgravaciones por compra de vivienda habitual. Durante los últimos meses de ese año el número de compraventas se disparó un 19,9% por la cantidad de compradores que adelantaron su decisión de compra para beneficiarse de las ventajas fiscales. Los precios, incluso, lograron frenar temporalmente su caída y en algunos lugares se registraron pequeñas subidas puntuales.
En esta ocasión la presión es inversa. Ahora son los vendedores los que tienen que competir brutalmente entre ellos para cerrar la venta antes de una fecha concreta. Los precios, lejos de repuntar, tendrán que ajustarse rápidamente a las exigencias de la demanda. El factor tiempo corre en contra de los vendedores
No olvidemos, asimismo, que la demanda en España ha adquirido grandes aptitudes negociadoras en los últimos años. Saber que el vendedor necesita vender rápido para ahorrarse una cantidad importante provocará que los precios aceleren su caída hasta, por lo menos, final de año. La caída afectará a todos los segmentos del mercado (incluidas las viviendas que no están afectadas por esta medida).
¿Y luego qué pasará? Cuando llegue el uno de enero de 2015 el número de compraventas se resentirá, como sucedió en enero de 2013, y a lo largo del año irá volviendo a sus cifras normales, para en 2016 volver a tener incrementos interanuales. El precio, en cambio no recuperará los niveles actuales ni vivirá un repunte simétrico al número de operaciones. Será la cara más positiva de la medida, ya que nos habrá acercado más al verdadero suelo de precios del mercado inmobiliario español.
Artículo escrito por Fernando Encinar, jefe de estudios de idealista.com
22 Comentarios:
Si lo has heredado la fecha de fallecimiento pasa a ser la fecha de adquisición, no la fecha de escritura original.
En cuanto al valor...
El valor de adquisición que hay que tener en cuenta para el cálculo de la ganancia es el valor declarado en el Impuesto de Sucesiones. Si dicho valor ha sido comprobado por la Administración, se tomará el valor comprobado.
Por tanto, nO se tiene en cuenta ni el valor catastral del inmueble, ni el de adquisición del momento de la compra, es decir, lo que le costó al fallecido, ni ningún otro.
En Madrid basta con donar la vivienda a un descendiente, está bonificado al 99%, y poner un precio "elevado" o "de mercado" .... el descendiente que recibe la vivienda paga un 1% del valor consignado, y al venderla pues ya no paga nada.
Es cierto, pero cuando me informe con Hacienda porque queria donar mi parte de nuda copropiead a mi hija me djijeron que aunque en Madrid este exento Haciendo lo considera una ganancia patrimonial mia y lo tengo que declarar en mi IRPF, asi que no lo hice.
Afecta igualmente a locales?
Este desgobierno tienen en mente dejarnos en pelota viva a los trabajadores y nos hemos ganado con mucho esfuerzo lo que tenemos, salvan a los bancos, autopistas, y amigotes bien ricos con nuestro dinero, claro luego por lÓgica se lo reparten entre ellos, y eso es usura y es in legal y estamos decididos a cambiar esta situaciÓn o hacerles un afeitadO a la francesa estilo guillotine.
Una pregunta. Y si la vivienda ha sido reformada? Me explico, estaría interesado en una vivienda antigua (del año 79) pero que está completamente reformada y, además, bastante bien. En este caso, el propietario podrá incluir en el precio de compa suyo (que será muy bajo por los años que tiene), el coste de la reforma?
Me resulta interesante saberlo para saber el margen que tengo. Es decir, si no se incluye la reforma para reducir la factura con Hacienda, tengo mucho margen, porque si espera a enero Hacienda le va a sablar. Pero si se incluye la reforma, mi margen negociador con este tema será menor ya que lo que tendría que pagar a Hacienda de más en 2015 sería menor.
Gracias
Yo tengo una casa que compre hace 21 años y la tengo a la venta, siempre con miedo de hacienda y los impuestos. Desde luego no voy a regalar la casa despues de tenerla tantos años y con los sacrificios que he pasado para pagar la hipoteca, camibie la ley o no cambie. Estoy harta de este gobierno como modifica a su beneficio propio y los ciudadanos a fastidiarse.
Este Gobierno se salta las leyes a la torera con tal de rebajar la enorme deuda contraída. Pero ahondando en la cuestión que nos ocupa, no creo que se pueda valorar un inmueble de hace más de 20 años al mismo precio que ahora y cargarse por las buenas el coeficiente de abatimiento y la depreciación clara sufrida por el bien por efecto de la inflación, lo que perjudica claramente al propietario que ve como de un plumazo se merma vía impuestazo el valor de su propiedad. Es una confiscación pura y dura y algo supongo que tengan que decir los tribunales sobre ello, como ha pasado en otros casos. Esperemos que se presente la primera demanda y a ver que sucede, ya que la fiscalía no actuará de oficio supongo.
Soy votante del pp pero creo que esta vez no me engañan, son unos golfos
Compré una casa en el 2000 y me costó 7.500 euros. En el 2002 compre un anexo que me costó 3.500 euros. En el 2014 he vendido el primer inmueble por 60.000 euros y el segundo por 20.000 euros. ¿ Qué tendré que pagar a Hacienda?
¿Podré aplicar el coeficiente de abatimiento?
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