El último Consejo de Ministros de 2023 aprobó la prórroga del decreto del llamado 'escudo social' para combatir los efectos de la inflación, la crisis energética y la guerra en Ucrania. Entre las medidas anunciadas por el Gobierno destacan la prórroga de la suspensión de los desahucios y lanzamientos de vivienda habitual para personas y familias vulnerables hasta el año 2025, así como la posibilidad de solicitar compensación por parte del arrendador o propietario afectado.
La paralización de los desahucios ha desatado las críticas del mundo inmobiliario, que alerta de que con ella no solo se verá lastrada la oferta de viviendas en el mercado del alquiler, sino que además se están impulsando los impagos voluntarios por parte de los inquilinos.
Así lo considera la patronal inmobiliaria madrileña AMADEI, que califica la medida como "contraproducente y muy perjudicial” para la evolución del mercado del alquiler, ya que contribuye a "generar mayor inseguridad jurídica al homologar el incumplimiento contractual derivado del impago de rentas", según explica en un informe.
La organización critica que “las medidas que viene adoptando el Gobierno con su intervencionismo sobre el mercado inmobiliario desde el 2020 rayan lo inconstitucional y tapan su incapacidad de generar un parque de vivienda pública destinado al alquiler”.
En el caso concreto de la suspensión de los desahucios, la patronal inmobiliaria madrileña alerta de que "fomenta que los impagos se conviertan, en muchos casos, en voluntarios e injustificados, pues el inquilino sabe que su incumplimiento no va a tener consecuencias a medio plazo". Mientras tanto, añade, "las compensaciones que el Gobierno ha diseñado devienen tardías y farragosas en su tramitación y no contribuyen a aminorar el perjuicio inmediato".
AMADEI afirma que “la deuda por las rentas impagadas tiene un ‘efecto bola de nieve’ cada vez más evidente, hasta el punto de que para el arrendador es imposible recuperar lo que se le adeuda por falta de solvencia del arrendatario moroso. Si a eso le añades la imposibilidad de recuperar su vivienda, el perjuicio se agrava doblemente, de forma que gran parte de los arrendadores, que son pequeños propietarios que han ahorrado para comprar un piso y alquilarlo para complementar su pensión de jubilación, se ven pagando hipoteca, comunidad e IBI por el piso alquilado sin generar un solo ingreso”.
En este contexto, la patronal inmobiliaria de Madrid recuerda que la oferta de alquiler ha disminuido un 30% y las rentas se han incrementado un 20% en los últimos años, lo que está provocando que "el mercado de alquiler se convierte en impracticable" para las familias con hijos, máxime si son monoparentales, dado que son consideradas potencialmente vulnerables". De hecho, asegura que está detectando que los propietarios evitan alquilar pisos a familias con hijos menores de edad.
En su opinión, la clave es “adoptar medidas que favorezcan las soluciones habitacionales de las familias vulnerables, pero nunca a costa del patrimonio privado, sino fomentando hogares para acoger a dichas familias con recursos públicos”. Por eso, insta al Gobierno a modificar su política sobre alquileres, “que en modo alguno es una política de protección social, ya que perjudica a muchas más personas de las que favorece", y cree que "mientras el Gobierno no sea capaz de percibir que abaratar el alquiler pasa por contar con más oferta que demanda, no habrá forma de dar respuesta a la necesidad de vivienda de tantos afectados por una política errática y populista”.
Además de AMADEI, desde Alquiler Seguro también han criticado la prórroga de la paralización de los desahucios, al entender que la medida va a eliminar la oferta asequible en el mercado, porque los propietarios no van a querer alquilar una vivienda ante el riesgo de tener que ser ellos los que se hagan cargo de los posibles impagos de las familias vulnerables.
"Con esta prórroga, realmente la labor social, a la fuerza, la están haciendo los propietarios, que son los que finalmente van a asumir los impagos, los desperfectos y la incertidumbre de no saber cuándo van a poder recuperar su vivienda arrendada", ha señalado el presidente de Alquiler Seguro, Antonio Carroza.
Quiénes se pueden beneficiar de la paralización del desahucio
La ampliación de las medidas de protección se aprobaron para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a procedimientos de desahucio de su vivienda habitual, con la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes.
Aquí se incluirían los hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual, que no se deriven de contratos de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.
En este último supuesto, se establece la posibilidad de que el juez, previa valoración ponderada y proporcional del caso concreto, tenga la facultad de suspender el lanzamiento, cuando los propietarios de estos inmuebles sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas, solicitando informe a los servicios sociales competentes para valorar la situación de vulnerabilidad económica e identificar las medidas a aplicar.
En estos casos, siempre se tendrán en cuenta aquellos que ya se regularon en los que la suspensión nunca podrá dictarse y son: cuando la vivienda sea la residencia habitual o segunda residencia del propietario, cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviere en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada.
Asimismo, cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas, cuando existan indicios racionales de que la vivienda se esté utilizando para la realización de actividades ilícitas; cuando se trate de inmuebles destinados a vivienda social y ya se hubiera asignado la vivienda a un solicitante o que la entrada en el inmueble se haya producido con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2020.
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