Los patios de luces suelen ser elementos comunes de la comunidad de vecinos: esto es lo que dice la ley sobre cubrirlos
Comentarios: 0
¿Se puede cubrir patio de luces? Esto dice la ley
Freepik

Muchos edificios tienen patios de luces, que son espacios abiertos ubicados en el centro o en el interior, rodeado por las cuatro paredes de las distintas viviendas que conforman el bloque. 

Ante este escenario, surge la siguiente pregunta: ¿Se puede cubrir o tapar un patio de luces? Resolvemos las dudas con la ley en mano.

¿Se puede cubrir un patio de luces? 

El patio de luces no es un elemento privativo, sino un elemento común de la comunidad de propietarios. Aunque solo un propietario tenga acceso al patio de luces, si es de la comunidad, es de la comunidad. Para cubrirlo, habría que llevar el tema a junta y que esta lo apruebe.

Además, el Código Técnico de la Edificación (CTE) establece unos mínimos sobre ventilación, paso de luz natural y otras condiciones relacionadas con la salud y habitabilidad del edificio, así que la viabilidad del proyecto queda también supeditado a esto.

¿Cómo techar un patio de luces de manera legal?

Se puede cubrir el patio de luces si se cumple la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). La citada ley establece que hay que obtener el voto favorable de 3/5 partes de la comunidad para realizar alteración sustancial de un elemento común, como es en este caso el patio de luces.

Documentación necesaria para cubrir un patio de luces privado

Esta es toda la documentación y los requisitos que necesitas para acometer esta obra en tu vivienda:

  • Permiso de la comunidad de vecinos: Como ya hemos señalado, es imprescindible contar con la autorización de la comunidad de propietarios. Sin este permiso, aunque dispongas del resto de la documentación, podrías enfrentarte a sanciones y a la obligación de retirar el cerramiento.
  • Licencias y trámites: Cubrir un patio de luces se considera (de manera habitual) una obra mayor, por lo que es necesario un proyecto técnico redactado por un arquitecto y la correspondiente licencia municipal.
  • Código Técnico de la Edificación: Será necesario cumplir con el CTE, en concreto el DB HS 3, donde se especifica la correcta evacuación de gases y humos. Estos deben salir a través de una abertura en la cubierta, por lo que la intervención debe ser diseñada y supervisada por un técnico que garantice una ventilación natural adecuada.

Obligaciones al techar el patio de luces

Si la junta de propietarios da su visto bueno, el solicitante podrá llevar a cabo las obras previstas; si no se obtiene dicha autorización, no estará permitido iniciarlas.

En todo caso, el acuerdo que se adopte no modifica el uso exclusivo del espacio por parte del vecino ni altera sus derechos y deberes, entre los que se incluyen, de forma expresa, los siguientes:

  • Mantener el espacio en condiciones adecuadas mediante su limpieza y conservación periódica.
  • Asumir la reparación de los desperfectos derivados de su utilización, salvo aquellos supuestos en los que, conforme a la normativa aplicable, el gasto deba ser asumido por la comunidad de propietarios.
  • Permitir el acceso a los demás vecinos o al personal encargado de la limpieza y el mantenimiento cuando sea necesario realizar intervenciones aprobadas por la junta para la correcta conservación del elemento común, tales como la sustitución de aislamientos o la implantación de mejoras en eficiencia energética.

¿Se puede poner un toldo en un patio de luces?

Sí, se puede instalar un toldo en un patio de luces, pero no es una decisión que pueda tomarse de manera individual. El patio de luces tiene la consideración de elemento común del edificio, por lo que cualquier actuación que le afecte está sujeta a lo dispuesto en la LPH.

Sigue toda la información inmobiliaria y los informes más novedosos en nuestra newsletter diaria y semanal. También puedes seguir el mercado inmobiliario de lujo con nuestro boletín mensual de lujo.

Ver comentarios (0) / Comentar

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta