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La situación económica puede ser motivo de que no se cumplan las expectativas económicas de un negocio, y puede suponer la rebaja de la indemnización pactada por las partes en caso de desestimiento del alquiler del local, según una sentencia de la audiencia provincial de Burgos. La magistrada villimar san Salvador argumenta que "no puede pasarse por alto la situación de crisis económica global, el desplome radical del mercado inmobiliario y la reducción Drástica de la financiación"

Unas cuestiones que, por su notoriedad "no precisan prueba y a las que no puede ser impasible este tribunal", indica la decisión judicial. En el caso concreto tratado, la falta de desarrollo urbanístico de la zona, unida a una disminución Drástica de la población y la clientela, implica un incumplimiento injustificadamente gravoso para el arrendatario. El fallo judicial rebaja la suma a la que ascendía la indemnización por desestimiento de 748.166 euros a 389.043 euros, un 48% menos

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