Indemnización por clientela: los bares también tienen derecho al finalizar el alquiler
La empresa que gestionó un bar durante una década en Córdoba tendrá que ser indemnizada tras la finalización de su contrato de alquiler. El Tribunal Supremo consolida su doctrina y confirma que el arrendatario puede reclamar la indemnización por clientela prevista en el artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) cuando el propietario del local decide no renovar el contrato. La sentencia obliga al arrendador a pagar más de 15.000 euros, fijando un criterio según el cual los negocios de hostelería también generan un flujo de clientes cuyo valor económico es protegido por la ley.