Pregunta de

1 Respuestas:

17 Julio 2013, 9:04

Estimada maria, si no tienes necesidad perentoria para amortizar anticipadamente el saldo pendiente de pago de 1.888 yo que tu me esperaria y dejaria transcurrir el plazo de amortizacion y no anticiparia su pago....ahora mismo creo que las entidades pueden cobrar hasta por respirar en los bancos y encima en muchos aire caliente.....lo que si es cierto ya que pertenecí al gremio es que antes de la burbuja no cobraban nada los bancos. Amortizabas anticipadamente y pagabas la penalizacion que normalmente era del uno por ciento y luego te daban un certificado expedido por dicha entidad en el que constaba que ya estaba totalmente cancelada economicamente tu deuda. Luego con el paso del tiempo empezaron a cobrar 80, 90 y 100 euros por dicho certificado....una pasada....y ahora como no estoy en candelero no se como funciona el tema pero seguro que te cobran ya te digo hasta por respirar....buitres carroñeros......hubo un intento no se si hoy vigente o no de con el certificado bancario acercarse al registro de la propiedad e intentar cancelar registralmente dicho asiento de hipoteca.....?alguien lo puede corroborar? con este tramite no se haria la correspondiente escritura ante notario pero claro supongo que este gremio de funcionarios publicos y por ende el estado dejaria de percibir por a.j.d. Una pasta y claro no esta el tema para el que estado pierda pelas.....me explico.....espero haberte sido de ayuda....aguanta....

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