Los autónomos que trabajan desde casa pueden deducir parte del alquiler en el IRPF, siempre que acrediten el uso profesional del espacio
Comentarios: 0
Autónomo trabajando desde casa
Los autónomos pueden deducir parte del alquiler de su vivienda si acreditan un uso profesional del espacio Creative commons

La Dirección General de Tributos (DGT) ha puesto negro sobre blanco a una cuestión que durante años ha generado dudas entre los profesionales por cuenta propia: ¿pueden deducirse parte del alquiler de su vivienda si trabajan desde casa?

La respuesta es sí, pero con condiciones. Según la consulta vinculante V1293-25, emitida el 11 de julio de 2025, los autónomos que viven de alquiler pueden deducir en el IRPF el gasto correspondiente a la parte de la vivienda afectada a la actividad.

Eso sí, la deducción solo será válida si el espacio es susceptible de un aprovechamiento independiente del resto del inmueble y el uso personal resulta meramente accesorio o irrelevante, conforme a lo previsto en el artículo 22 del Reglamento del IRPF y en los artículos 28 a 30 de la Ley 35/2006.

Requisitos para deducir el alquiler de la vivienda en el IRPF

La clave está en la afectación parcial de la vivienda. La normativa solo permite deducir el gasto si el espacio de trabajo es susceptible de un aprovechamiento separado e independiente del resto del inmueble.

En términos prácticos, el área destinada al trabajo debe identificarse con claridad: por ejemplo, si un autónomo utiliza de forma habitual una habitación de 12 metros cuadrados dentro de una vivienda de 40, podrá deducirse el 30 % del alquiler mensual.

Cumplido este requisito, el autónomo podrá deducir el gasto del arrendamiento según el porcentaje de la vivienda efectivamente destinado a la actividad económica, siempre que dicha proporción esté justificada documentalmente y reflejada en su contabilidad.

Contrato de alquiler a nombre del autónomo

Aunque la ley no exige que el contrato de arrendamiento esté a nombre del autónomo, en la práctica es un elemento clave para que Hacienda reconozca la deducción. Si figura a nombre de otra persona —por ejemplo, de la pareja o un familiar—, el gasto podría considerarse no vinculado directamente a la actividad, salvo que el autónomo acredite de forma fehaciente que asume el pago y que el inmueble se utiliza parcialmente con fines profesionales.

¿Cómo justificar el gasto del alquiler?

No basta con trabajar desde casa: la deducción debe reflejarse correctamente en la contabilidad y documentarse con rigor. La DGT recuerda que es imprescindible registrar el gasto en los libros oficiales del autónomo y conservar los justificantes que acrediten la relación entre el alquiler y la actividad.

La Agencia Estatal de la Administración Tributaria será la encargada de comprobar y valorar las pruebas aportadas. Entre la documentación más relevante se incluyen el contrato de arrendamiento, los recibos de pago y, en su caso, los planos o fotografías que permitan identificar la zona de trabajo.

¿Puedo deducir el alquiler si no tengo una habitación exclusiva para trabajar?

No del todo. La deducción exige que el espacio pueda identificarse y separarse del uso personal o familiar. Si trabajas en el salón o en una zona compartida, Hacienda puede entender que no existe una afectación parcial independiente, salvo que el uso privado sea claramente accesorio y ocasional.

¿Qué ocurre con los propietarios del inmueble?

Es importante destacar que esta ventaja fiscal para los autónomos también tiene efectos para los caseros, ya que si el inquilino autónomo utiliza parte del inmueble como lugar de trabajo, el propietario podría perder la reducción en su IRPF por alquiler de vivienda habitual, que puede alcanzar el 90% en las zonas tensionadas.

La razón es precisamente el uso profesional de una parte de la vivienda que impide considerarla, a efectos fiscales, como destinada íntegramente a uso residencial.

¿Se puede aplicar la deducción si el contrato no especifica el uso profesional?

Un autónomo puede deducir parte del alquiler en el IRPF aunque el contrato de arrendamiento no mencione expresamente el uso profesional de la vivienda. La Agencia Tributaria no exige esa mención, siempre que el contribuyente pueda acreditar el uso efectivo de una parte del inmueble para su actividad y demostrar la vinculación directa del gasto.

No obstante, conviene revisar las condiciones del contrato, ya que muchos arrendadores incluyen una cláusula que limita el uso del inmueble exclusivamente a fines residenciales o al cumplimiento de la necesidad permanente de vivienda del arrendatario, conforme al artículo 2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Aunque esta restricción no anula la deducción, sí puede generar tensiones si el propietario teme perder su reducción en el IRPF por arrendamiento de vivienda habitual, que exige un uso estrictamente residencial.

En todo caso, el uso parcial con fines profesionales no altera la naturaleza del contrato de arrendamiento de vivienda habitual conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos, siempre que el destino principal siga siendo el residencial.

Por último, la afectación parcial puede tener efectos sobre otras deducciones o ayudas autonómicas, como el bono de alquiler joven o deducciones por vivienda habitual, dependiendo de la normativa de cada comunidad.

¿Es posible deducir otros gastos del hogar junto al alquiler, como luz o internet?

Los autónomos que trabajan desde casa también pueden deducir parte de los suministros —como luz, agua o gas— de forma proporcional al espacio destinado a la actividad profesional.

Una sentencia del Tribunal Supremo, dictada el 15 de julio de 2025, ha confirmado que también se puede deducir una fracción del IVA de estos gastos, siempre que el uso profesional esté debidamente acreditado.

Aunque el fallo se refiere al ámbito del IVA, consolida el principio de proporcionalidad que rige ambas figuras tributarias: solo puede deducirse el porcentaje que represente la superficie afectada a la actividad.

Claves para deducir el alquiler y evitar problemas con Hacienda

Deducir el alquiler es una posibilidad real para muchos autónomos, pero no se trata de una ventaja automática ni ilimitada. Como hemos mencionado, Hacienda permite restar de los ingresos una parte del alquiler mensual solo si se cumplen tres condiciones esenciales: que el espacio de trabajo sea independiente del uso personal, que el gasto esté registrado en la contabilidad y que esté debidamente justificado ante la Agencia Tributaria.

El criterio de la DGT aporta más seguridad jurídica a quienes desarrollan su actividad profesional desde casa, aunque deja claro que no todo vale, ya que la Administración exigirá pruebas claras, coherentes y ordenadas.

La clave se resume en tres palabras que condensan la filosofía de esta deducción: proporcionalidad, independencia y justificación. Un contrato bien documentado, un despacho delimitado dentro de la vivienda y una contabilidad ordenada son los elementos que permiten acreditar ante Hacienda la validez de la deducción y reducir el riesgo de que sea cuestionada.

Sigue toda la información inmobiliaria y los informes más novedosos en nuestra newsletter diaria y semanal. También puedes seguir el mercado inmobiliario de lujo con nuestro boletín mensual de lujo.

Ver comentarios (0) / Comentar

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta