Por qué cada vez hay más renuncias de herencias en Cataluña: falta de liquidez e impuestos

No se aceptan básicamente por la existencia de hipotecas y de embargos sobre la finca en cuestión
Por qué cada vez hay más renuncias de herencias en Catalunya: falta de liquidez e impuestos
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Heredar una vivienda tiene diversas ventajas fiscales, pero también puede suponer un problema de carga y liquidez para muchas familias. Según datos del Consejo General del Notariado, en 2024 se rechazaron 54.837 herencias en España, lo que supone un aumento del 23% respecto a las cifras de 2020, con 44.585 renuncias. El récord se marcó en 2023, con más de 56.000 renuncias. Y Cataluña está entre las comunidades donde más se renuncia, según determina Abel Marín, de Marín y Mateo Abogados.

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Los motivos por las que cada vez se renuncia más a las herencias

Jorge Fernández, abogado y socio de AF Legis, especifica que no se aceptan básicamente por la existencia de hipotecas y de embargos sobre la finca en cuestión. 

“Asimismo, el beneficio de inventario tampoco es útil en estos casos.  Es decir, aceptar la herencia a beneficio de inventario, separando los patrimonios: personal del heredero y lo que percibe del difunto, de forma que únicamente responde el heredero de las deudas del difunto con los bienes heredados, tampoco es una solución efectiva en muchos casos, en que el alcance de las deudas hace que no resulte nada atractivo aceptar la herencia”, responde.

Para Abel Marín, muchas herencias no son un regalo. “Son un paquete, una herencia envenenada. Y el “regalo” viene con deudas: frente al banco, frente a Hacienda, frente a la Seguridad Social, o un inmueble con cargas que vale menos de lo que arrastra. Quien hereda, hereda todo. Lo bueno y lo malo”.

El abogado también destaca que hay un segundo motivo menos dramático pero muy real: la liquidez. El impuesto y la plusvalía se pagan en dinero, en seis meses. “Y la herencia suele ser un piso, no una cuenta corriente. Hay familias que no pueden adelantar esa factura”.

Ana Busquets, abogada y socia de Busquets Law & Finance, destaca dos motivos a renunciar a la herencia de una vivienda en Catalunya. El primero es la existencia de deudas o cargas asociadas a la herencia. Cuando el pasivo del fallecido —por ejemplo, préstamos, hipotecas, recibos pendientes u otras obligaciones— supera o reduce significativamente el valor económico de los bienes heredados, algunos llamados a heredar optan por renunciar para evitar asumir esa situación.

Por qué cada vez hay más renuncias de herencias en Catalunya: falta de liquidez e impuestos
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“El segundo, el coste fiscal asociado a aceptar una vivienda. Aunque el inmueble tenga un valor económico elevado, el heredero debe hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y, en determinados casos, a la plusvalía municipal, lo que puede generar dificultades de liquidez si no dispone de efectivo suficiente”, comenta.

Fernández también apunta a que no se aceptan porque la vivienda suelen ir anudados a la existencia de cargas hipotecarias y embargos y/o deudas de consideración del causante. “El hecho de aceptar la herencia, aunque sea a beneficio de inventario, comporta tener que incurrir en una serie de gastos, como notario, abogado para estar mínimamente asesorado, registro de la propiedad, impuestos o tramitación de impuestos aunque sean a cero (gastos de gestión de escritura…”. Y muchas veces se convierten en gastos y problemas, para nada, para no obtener nada a cambio.

Efectos fiscales

La abogada Ana Busquets aclara que los efectos fiscales dependen del tipo de renuncia. Una renuncia pura, simple y gratuita implica que tributará quien finalmente recibe la herencia. “En cambio, una renuncia realizada a favor de una persona concreta puede tener consecuencias fiscales adicionales, al poder considerarse una transmisión”, aclara.

Además, destaca tener en cuenta el riesgo de aceptación tácita de la herencia. Si el llamado a heredar realiza determinados actos que impliquen disponer de bienes del fallecido, “puede entenderse que ha aceptado la herencia, perdiendo posteriormente la posibilidad de renunciar con eficacia”.

Vía intermedia

Por su parte, Abel Marín menciona que casi nadie sabe que existe una vía intermedia: aceptar a beneficio de inventario. En lenguaje llano: “respondes de las deudas solo con lo que heredas, nunca con tu patrimonio personal. Antes de renunciar por miedo, conviene preguntar. Renunciar es gratis, pero irrevocable”.

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