El nuevo año ha traído una subida de impuestos a las plusvalías que se generan por cualquier operación financiera (venta de acciones, por intereses en depósitos, vender una vivienda...). así, si antes vendías tu casa con ganancias pagabas al estado "sólo" el 18%. Actualmente deberás pagar un 19% por los primeros 6.000 euros de plusvalías y un 21% por el resto
En la práctica, si una persona vendiera su casa de segunda mano con unas plusvalías netas (después de descontar todos los gastos) de 100.000 euros, antes tenía que pagar a hacienda 18.000 euros, mientras que ahora tendría que desembolsar 20.880 euros
No obstante, esto es principalmente para quienes tienen una casa como inversión o segunda vivienda, ya que hay que recordar que quienes venden su vivienda habitual para comprarse una vivienda habitual de mayor valor están exentos de tributar por esa ganancia si reinvierten los abonado en la otra casa y las plusvalías generadas por la venta en la vivienda nueva antes de dos años
¿Cómo se calcula la plusvalía de una vivienda?
La plusvalía se calcula obteniendo el valor de adquisición (precio, más gastos e impuestos), aplicándole un coeficiente de actualización y restando el importe de la venta (una vez descontados los gastos y tributos)
El coeficiente de actualización depende del año en que se compró la vivienda y para aplicar en 2008 eran:
Nota: tabla aplicable a 2009, pendiente de actualización para 2010
Ejemplo: María compró una casa en 1995 por 67.000 euros y la ha vendido ahora por 202.000 euros. Los gastos de todas las operaciones son de 10.000 euros
A) María tendría que calcular su importe de adquisición: 67.000 euros
B) aplicarle el coeficiente reductor, que para 1996 fue 1,2658. Con ello tendría un importe de compra actualizado de 67.000 X 1,2658 = 84.809 euros
C) calcular la diferencia entre el importe de la compra y la venta: 202.000 - 84.809 = 117.191 euros
D) restarle los gastos: 117.191 - 10.000 = 107.191 euros
Por lo tantro su plusvalía sería 107.191 euros
¿Cómo se calculan los impuestos a pagar?
Ejemplo 1 de María: con la nueva fiscalidad propuesta, pagaría en dos tramos. Un 19% por los 6.000 primeros euros = 1.140 euros y un 21% por todo lo demás: 21.250 euros. En total, la suma de ambos tramos serían 22.390 euros
Con la anterior fiscalidad habría pagado el 18% por toda la plusvalía, es decir, 19.294 euros
Es decir, la nueva fiscalidad equivale a que María page 3.096 euros más, el equivalente a bajar un 1,5% el precio de su casa
¿Me puedo librar de pagar la plusvalía a hacienda?
Si, siempre que se cumplan uno de estos dos requisitos:
1) ser mayor de 65 años o estar en situación de dependencia severa o gran dependencia
2) si la vivienda que se vende es la vivienda habitual y se reinvierten las plusvalías en la compra de otra vivienda habitual de mayor valor
En este último caso, se deben reinvertir tanto el dinero abonado en la primera vivienda como las plusvalías en un plazo máximo de 2 años
Nota: los cálculos son aproximados porque están hechos con la última tabla de coeficientes publicada por hacienda, válida para 2009. Para un piso que se venda en 2010 deberían emplearse la tabla de coeficientes de 2010
117 Comentarios:
Gracias por confirmarme que con mas de 65 no se pagan impuestos por incremento de patrimonio, lo había leido en el boletin de idealista, pero nadie me lo había dicho antes. No quiero ni alquiler con derecho a compra, ni hipoteca invrsa porque no tengo ganas de estar ocupandome del apartamento (isla,avión). Y lo que quiero es disponer de liquidez por si enfermedad, familia etc.y me hace falta algo más de renta . Creo que sus indicaciones me han venido muy bien y me ayudaran a consrvar mi indepndncia. Conozco muchas personas en = situacion. Con 84 años hoy en día, a plazo fijo y cortito y con cierta disponibilidad. ¿Le parece sensato?
Saludos y gracias
Racias por confirmarme que con mas de 65 no se pagan impuestos por incremento de patrimonio, lo había leido en el boletin de idealista, pero nadie me lo había dicho antes. No quiero ni alquiler con derecho a compra, ni hipoteca invrsa porque no tengo ganas de estar ocupandome del apartamento (isla,avión). Y lo que quiero es disponer de liquidez por si enfermedad, familia etc.y me hace falta algo más de renta . Creo que sus indicaciones me han venido muy bien y me ayudaran a consrvar mi indepndncia. Conozco muchas personas en = situacion. Con 84 años hoy en día, a plazo fijo y cortito y con cierta disponibilidad. ¿Le parece sensato?
Saludos y gracias
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Buenas noches:
Por si no ha visto mi comentario, le indico que esa exención es para la venta de su vivienda habitual y si ese apartamento no lo es, la ganancia no esta exenta por su edad. Consulte y confirme con un experto fiscal.
Un saludo
Creo que debe tener cuidado, ya le dije en otro comunicado que con más de 65 años esta exento de impuestos pero di por supuesto que se refería a la vivienda donde tiene el domicilio. Como muy bien dice anónimo1 si es segunda vivienda debe pagas los impuestos de plusvalía, salvo las deducciones correspondientes por cada año anterior al 31 de diciembre del 96(que por cierto no se si se mantendrán en la proxima declaración).
Ahora si que estoy hecha un lio, imaginense, si ustedes no acaban de ponerse de acuerdo en este impuesto ¿Qué puedo hacer yo?. No tngo asesor, pero por lo que sé tampoco ellos lo tienen claro.
Saludos
Buenas noches:
Mire señora en este foro, muchas personas confunden los deseos con la realidad. Creo tener razón en el asunto que Ud. Pregunta y si quiere salir de dudas al respecto, vaya a una delegación de hacienda, pida hablar con un sub-inspector o con un inspector y preguntelé. la inspección no solo está para sancionar, sino para asesorarle.
En cualquier caso, el importe del impuesto no debe ser determinante para que tome la decisión que Ud debe tomar, ya que lo importante es si quiere mantener la propiedad.
Un saludo
Es tan fuerte lo que tenemos en este Pais, que si volviera a nacer miraría de vivir del cuento y no acumular nada con ningún esfuerzo.
Los trabajadores y ahorradores no tenemos nada que hacer, porque entre los impuestos de todo tipo que tenemos que soportar, pagos por todas partes que no nos dejan vivir y encima si tenemos que vender nuestra vivienda ya viene el ayuntamiento y hacienda para acabarnos de expoliar.
Uds. Aqui solo hablan de hacienda, ¿I los ayuntamientos con las plusvalias?.
Como en estos años han subido tanto los terrenos han ido aumentando solapadamente los valores catastrales y encima cada ayuntamiento tiene sus coheficientes , que ha puesto según su voluntad, para incrementar el valor a pagar
En la venta de terrenos o inmuebles.
No creeis que tendriamos que ponernos todos a una y decir a esta gente que delegamos para que manden, que ! Ya esta bien¡ De tanto expolio, que gasten menos dinero en chorradas y que nos dejen vivir y morir en paz, que ni esto último nos dejan hacer .
Hola, eso es si vendes la casa por mayor importe, pero alguien sabria decirme si es por menor importe q pasaria??, ya q el valor de las casas ha bajado mucho de cuando yo compre.
Gracias
La plusvalía, impuesto de tipo municipal, se origina por el incremento del valor del bien inmueble sujeto a la transmisión onerosa y este valor viene expresado en el concepto "valor suelo" del recibo del ibi actualizado catastralmente, de manera que tras cada revisión catastral se le asigna un nuevo valor que suele ser mayor que el anterior...en cada revisión catastral se informa al propietario de la nueva revalorización previamente por si tiene algo que alegar......
Habría una excepción más según una nota en la página de hacienda, si la nueva vivienda habitual se ha comprado en 2006, 2007 ó 2008, hay de plazo excepcional para vender la vieja y reinvertir el importe hasta final del 2010:
Ha quedado un poco "raro" el enlace. Si en la web aeat, en el buscador pones "reinversion", el cuarto enlace.
Viene a decir esto:
"No obstante y excepcionalmente , en aquellos casos en que se adquiera una nueva vivienda previamente a la transmisión de su vivienda habitual y dicha adquisición hubiera tenido lugar durante los ejercicios 2006, 2007 ó 2008 , el plazo de dos años para la transmisión de la vivienda habitual, establecido con carácter general en la normativa del Impuesto, se ampliará para todas ellas hasta el día 31 de diciembre de 2010. "
De esta historia pregunto.a los que tengamos màs de 65 años no nos cobran plusvalìa?.porque si la cobran no vendo el piso ni quemado.-
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