El gobierno de España quiere impulsar la vivienda en alquiler, así como la vpo, como una salida a la crisis. Al mismo tiempo que crece la oferta de pisos en alquiler, lo hacen las dudas de los inquilinos en foros de Internet
Es frecuente ver dudas sobre quién paga los gastos que genera una vivienda en alquiler, ya sea vpo o libre: gastos de comunidad, el ibi o el seguro de hogar. En el caso de una vpo hay que tener en cuenta que los contratos de alquiler se celebran al amparo de la ley de arrendamientos urbanos y se someten al régimen jurídico previsto en la misma
Si en el contrato no figura nada, los gastos generales de la vivienda (comunidad, piscina, ascensos, garajes…) deberá abonarlos el propietario de la vivienda. Sin embargo, podrá repercutirlos al inquilino siempre que esté pactado y firmado en el contrato de alquiler. Igualmente, los servicios individuales como agua, luz, teléfono, electricidad, etc… serán abonados por el inquilino salvo que las partes pacten lo contrario
Respecto al coste de las obras hay que diferenciar entre las que sean de conservación y de desgaste. Entre las primeras estarían todas las que conduzcan a conservar la habitabilidad apropiada de la vivienda (goteras, grietas…) y serán abonadas por el propietario. Por otro lado, las pequeñas reparaciones producidas por el desgaste en el uso (rotura de interruptor) deben ser abonadas por el inquilino
La corte de arbitraje, empresa que utiliza El Sistema Arbitral para solucionar los problemas, recuerda que cuando hay materias de libre disposición que se pactan en un contrato y se firman por ambas partes luego no se pueden considerar "abusivas" puesto que ambas partes llegan a un acuerdo. "Además, en estos casos son servicios que está disfrutando el arrendatario", añade
Sin embargo, lo que considera abusivo es que el propietario repercuta el seguro de hogar al inquilino, "puesto que el tenedor del seguro siempre tiene que ser el propietario de la vpo", aclara la corte de arbitraje. Por ello, es vital negociar con el propietario el contrato de arrendamiento para que no incluya este tipo de gastos
Según el plan de vivienda estatal 2009-2012, en las vpo hay una renta máxima anual, que será el 4,5% ó el 5,5% del precio máximo legal que la vivienda protegida tendría en caso de que se pusiera en venta, según la duración del contrato de arrendamiento sea de 25 ó 10 años, respectivamente
La corte de arbitraje advierte de que con este límite de renta anual estipulado, el propietario puede cobrar el máximo al inquilino y "meter absolutamente todo lo que quiera, como gastos de comunidad, ibi, tasas de basura o seguro de hogar aunque esto se puede quitar porque no es una obligación que corresponda al inquilino"
82 Comentarios:
Yo tengo una duda, un familiar mio vive de alquiler y la instalación de la antena de la televisión esta destrozada e inutilizada desde el dia que llego, el hombre hasta ahora se ha apañado como ha podido para ver la tele, pero ahora que hay que ponerle el tdt es cuando nos hemos dado cuenta de que necesita la antena, entonces mi pregunta es ¿Eso lo tiene que pagar el propietario o el inquilino, puesto que cuando el llego a ese piso eso ya estaba destrozado?
Gracias
Necesito consejo, opinión o ayuda para encontrar el argumento legal a la siguiente situación:
El arrendatario me quiere descontar de mi fianza 4 días. Afirma que pese a que entré a vivir y firmamos el contrato el día 5 (de abril), necesita recuperar esos cuatro días. "En su momento no lo pensé, pero ahora creo que me corresponden, por que de lo contrario, hubiera alquilado el piso a otra persona".
Creen ustedes que esto es válido? Creen que es normal que le pague los días que no estuve disfrutando de la vivienda? Y sobre todo es normal que se "acuerde" seis meses más tarde (cuando le toca devolver la fianza?).
Estoy indignada porque no es la primera vez que me pasa, por un motivo o por otro siempre terminan quedándose con una parte de la fianza.
Lo que me parece más injusto es que siempre he cuidado los sitios donde he vivido como si fueran mios, y JAMAS me he retrasado mas de un día en el pago de las mensualidades...
En fin.. ¿Dónde puedo acudir?
Llevo casi un año en un piso de alquiler, tengo contrato de un año que cumple en breve, ahora el propietario del piso me dice que tengo que pagar yo el seguro del piso que le cumple este mes.
Es eso cierto? tengo que pagar yo el seguro del piso?
Si pago yo el seguro y cuando cumpla el contrato me dice que no me alquila mas?
Yo ya pague la fianza de un mes y eso supone 700 euros, que es lo que pago mensualmente.
Cuando se firmo el contrato no se ablo nada de eso, solo de la fianza.
Gracias de antemano.
Considero que es necesario fijar un precio de alquiler razonable. La cuestión es que tanto propietario como inquilino consideren que se benefician de forma mutua. El que alquila debe dejar de considerar a su casero como su enemigo y el casero debe dejar de considerar a su inquilino como un riesgo. Como no es asi, el dueño pide avales, alquileres desproporcionados etc, etc... y el inquilino no asume sus responsabilidades ciudadanas sólo por el hecho de estar de alquiler.
El inquilino debe hacer frente al pago puntual del alquiler, a los gastos de consumo de servicios, a la cuota de recogida de basuras y a los servicios comunitarios de los que disfruta (luz de la escalera, ascensor, limpieza etc,,,) y asumir las consecuencias que se deriven de su responsabilidad, roturas, desperfectos ocasionados por accidentes domésticos etc.. Y valorar que en su cuota mensual se incluyen numerosos gastos.
El propietario debe establecer un alquiler que asuma todos los gastos ya que prefiere pagar la comunidad, al seguro de la vivienda y el impuesto de basuras el mismo para asegurarse de estar al día ya que es último responsable si el inquilino no ha pagado e incluirlos en el alquiler. Ademas del IBI anual Por lo que un alquiler de 700 euros menos todos los gastos, impuestos, imprevistos y reparaciones, y pago o amortización de la vivienda y sus enseres, muchas veces a penas cubre gastos. Un buen cálculo de los gastos y valoración sin pretender que el inquilino le solucione la vida le asegurará una buena relación.
Domingo, 27 Febrero 17:09 anónimo dice
Considero que es necesario fijar un precio de alquiler razonable. La cuestión es que tanto propietario como inquilino consideren que se benefician de forma mutua. El que alquila debe dejar de considerar a su casero como su enemigo y el casero debe dejar de considerar a su inquilino como un riesgo. Como no es asi, el dueño pide avales, alquileres desproporcionados etc, etc... y el inquilino no asume sus responsabilidades ciudadanas sólo por el hecho de estar de alquiler.
El inquilino debe hacer frente al pago puntual del alquiler, a los gastos de consumo de servicios, a la cuota de recogida de basuras y a los servicios comunitarios de los que disfruta (luz de la escalera, ascensor, limpieza etc,,,) y asumir las consecuencias que se deriven de su responsabilidad, roturas, desperfectos ocasionados por accidentes domésticos etc.. Y valorar que en su cuota mensual se incluyen numerosos gastos.
El propietario debe establecer un alquiler que asuma todos los gastos ya que prefiere pagar la comunidad, al seguro de la vivienda y el impuesto de basuras el mismo para asegurarse de estar al día ya que es último responsable si el inquilino no ha pagado e incluirlos en el alquiler. Ademas del IBI anual Por lo que un alquiler de 700 euros menos todos los gastos, impuestos, imprevistos y reparaciones, y pago o amortización de la vivienda y sus enseres, muchas veces a penas cubre gastos. Un buen cálculo de los gastos y valoración sin pretender que el inquilino le solucione la vida le asegurará una buena relación.
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Razonable comentario.Un saludo
Buenas estaba interesado en a ver quién me puede solucionar una duda. Acabo de alquilar un piso que llevaba cerrado casi 2 años y despues de hacer una pequeña reforma y gastarme todo lo que tenía, me he enterado que la dueña debe 2400€ de comunidad y que le quieren tirar por judicial para embargarle el piso. Estoy un poco acojonado la verdad porque ya he dejado el otro piso y no me quiero ver en la calle. Quiero saber si realmente por una cantidad asi le pueden hacer efectivo un embargo o si tanto poder tiene pagar o no la comunidad. Gracias por aclararme
Hola yo nunca alquile y esta vez mi primera vez no se si yo debo abonar los gastos de sellado y eso o es el dueño ???? y de ser yo que proporcion del alquiler es.
????????????
Hola yo nunca alquile y esta vez mi primera vez no se si yo debo abonar los gastos de sellado y eso o es el dueño ???? y de ser yo que proporcion del alquiler es.
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Tengo un problema con el pago de los gastos. Yo he alquilado una habitacion en un piso de 4 personas la agencia quiere que yo voy a pagar todos los gastos de septiembre solo porque no habia ya llegado los otros inquilinos pero no entiendo porque yo tengo que pagar todo solo de hecho de que en mi contrato hay escrito que alquilo una habitacion y los gastos son de compartir entre los inquilinos pero no es un mio problema que la agencia no ha buscado inquilinos por ese mes. Yo creo que tengo que pagar solo los gastos que dependen de mi como luz y agua pero el Internet y los otros que son fijos no creo que tengo que pagarlo todo solo sino un cuarto. Que cree? hay alguna ley que dice algo sobre esto?
Hola, soy inquilino de unos 6 años en la misma casa; el dueño haya fallecido el año pasado y ahora, los herederos quieren cobrarme por cosas que hast ahora estaban incluidos en el precio de alquiler como agua,vertido,mantenimiento de caldera de gas,etc. aparte de subirme el precio de alquiler un 20%; siempre he pagado todo al antiguo dueño, nunca tuve un problema con el,aparte he ehcho muchas mejoras en la casa (por lo menos 5 mil euros), lo que pasa que uno de los herederos se quiere quedar con la casa para su hijo y asi pagar lo spartes a los demas herederos (ahorra como estan muy baratas las viviendas le compensa); estoy agobiado, me visita ultimamente todos los dias, acosandome y pidiendome que me vaya y no se que hacer ; los demas recibos siempre los he pagado luz,gas,etc. pero me parece injusto que me cobre algo que antes no he pagado, por haberlo contartado asi a la hora de meterme en esta casa (aunque no por escrito)
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