Pregunta de

4 Respuestas:

Anonymous
23 Octubre 2011, 21:11

Se puede vender al precio que te ofrezcan por él

XDALMAU
24 Octubre 2011, 1:19

Por supuesto que puedes venderlo, solo tienes que manifestarlo en la escritura, ya que un arrendamiento es una carga, y por lo que explicas este contrato no es demasiado problema ya que la señora es mayor, no subrrogara nadie mas y le podrias reclamar los ibis de 5 años, ya que un contrato tan antiguo seguro que por ley le puedes cobrar salvo que lo ponga expresamente lo cual me extrañaria.

COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE MADRID
24 Octubre 2011, 9:55

No existe ningún inconveniente en vender un piso arrendado a una tercera persona distinta del inquilino. Previamente a la venta, hay que notificar fehacientemente a la inquilina las condiciones de la venta y el precio de la misma, para que si le conviniere, pudiere ejercitar el derecho de tanteo, dentro del plazo legalmente establecido. Si la inquilina rehúsa ejercer el derecho de tanteo o simplemente no lo ejercita dentro del plazo legal, el propietario podrá venderlo a un tercero en iguales condiciones que las ofrecidas a la inquilina, no pudiendo ser distintas, como por ejemplo un precio inferior, porque en dicho caso la inquilina podría ejercer el derecho de retracto, es decir, abonar el precio consignado en la escritura de compraventa con el tercero, pasando el piso a su propiedad.

Por dios, el derecho de retracto y tanteo ha desaparecido ya !!!!
No hace falta que lo comunique a la arrendataria, me lo puede vender hoy mismo a mi y sin problema.

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