A día de hoy, desgraciadamente si es legal, otro asunto es si se trata de una claúsula abusiva ó no, en la mayoria de los casos sí Para empezar, debes remitir escrito al servicio del cliente de tu entidad bancaria, con la correspondiente contestación negativa, posterior escrito al defensor del cliente tambien de la entidad, a su contestación negativo, remisión de escrito al servicio de reclamaciones del banco de España, que desgraciadamente está en el mismo barco de las entidades bancarias, en su caso, estudiar tomar medidas legales en la justicia ordinaria
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A día de hoy, desgraciadamente si es legal, otro asunto es si se trata de una claúsula abusiva ó no, en la mayoria de los casos sí
Para empezar, debes remitir escrito al servicio del cliente de tu entidad bancaria, con la correspondiente contestación negativa, posterior escrito al defensor del cliente tambien de la entidad, a su contestación negativo, remisión de escrito al servicio de reclamaciones del banco de España, que desgraciadamente está en el mismo barco de las entidades bancarias, en su caso, estudiar tomar medidas legales en la justicia ordinaria
Muchas gracias
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