He vendido un piso en Agosto del 2012, lo adquirí en Diciembre de 1987, en el año 2002 tuve un accidente laboral y soy pensionista, tengo 54 años, ¿Estoy exento de pagar la plus valía del irpf? ¿O solo le acoge a los pensionistas por edad?
La llamada plusvalía municipal, se abona al Ayuntamiento correspondiente. Actualmente se denomina IIVTNU, (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). O sea, determina lo que ha subido el valor del suelo donde se ubica el inmueble, por los años de posesión. El importe a abonar, se calcula mediante una formula, con el valor del suelo que se refleja en el IBI, (Impuesto de Bienes Inmuebles), anteriormente conocido como " el recibo de la contribución. Nadie está exento, ni por ser mayor de 65 años, ni por minusvalía. En cuanto a la otra "plusvalía", es decir, “la Ganancia Patrimonial”, obtenida, por la diferencia del precio de compra o adquisición y el de venta, están exentos de tributar en el IRPF, los mayores de 65 años, siempre, que sea la vivienda habitual, el resto de los mortales, pagaran, si no reinvierten toda la ganancia obtenida. www.patrociniodiaz.com
Muy bien aclarada la sujeción al impuesto, entendido que el municipal no tiene exenciones por razón de edad, que sí el incremento patrimonial en declaración de IRPF.
Buenas tardes.Mi suegra va a vender su piso,el único que tiene.Ahora mismo está en casa de su hija,así que no tengo muy claro si tiene que pagar la plusvalía a hacienda.
22 Respuestas:
He vendido un piso en Agosto del 2012, lo adquirí en Diciembre de 1987, en el año 2002 tuve un accidente laboral y soy pensionista, tengo 54 años, ¿Estoy exento de pagar la plus valía del irpf? ¿O solo le acoge a los pensionistas por edad?
quiero vender un piso de 200m cuadrados con parkin y trastero tiene 42 años y yo tengo 76 tengo que pagar
Soy mayor de 65 años, si vendo mi vivienda habitual y obtengo beneficios tengo que pagar a Hacienda por tales beneficios? Muchas gracias.
No tiene que pagar por los beneficios, pero si la plusvalía municipal.
La llamada plusvalía municipal, se abona al Ayuntamiento correspondiente. Actualmente se denomina IIVTNU, (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). O sea, determina lo que ha subido el valor del suelo donde se ubica el inmueble, por los años de posesión. El importe a abonar, se calcula mediante una formula, con el valor del suelo que se refleja en el IBI, (Impuesto de Bienes Inmuebles), anteriormente conocido como " el recibo de la contribución. Nadie está exento, ni por ser mayor de 65 años, ni por minusvalía.
En cuanto a la otra "plusvalía", es decir, “la Ganancia Patrimonial”, obtenida, por la diferencia del precio de compra o adquisición y el de venta, están exentos de tributar en el IRPF, los mayores de 65 años, siempre, que sea la vivienda habitual, el resto de los mortales, pagaran, si no reinvierten toda la ganancia obtenida. www.patrociniodiaz.com
Muy bien aclarada la sujeción al impuesto, entendido que el municipal no tiene exenciones por razón de edad, que sí el incremento patrimonial en declaración de IRPF.
Buenas tardes.Mi suegra va a vender su piso,el único que tiene.Ahora mismo está en casa de su hija,así que no tengo muy claro si tiene que pagar la plusvalía a hacienda.
Vendo.mi casa que hasta el.2017 vivia en ella ,no tengo otra ¿ que impuestos tengo que pagar ?
¿Que significa realmente "transmitir una vivienda"? ¿Tiene el mismo significado que "vender la vivienda"? Me urge la respuesta. Muchísimas gracias.
transmitir una vivienda, es lo mismo que venderla, por lo tanto así es
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