Cómo tributa la compra de una casa, por su valor catastral o por su valor de referencia

Cómo tributa la compra de una casa, por su valor catastral o por su valor de referencia

Desde el pasado 1 de enero de 2022 toda operación de compra de un inmueble debe tributar por el valor de referencia de Catastro, que es la nueva base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Es importante no confundir este nuevo valor con el valor catastral. En ambos casos, los valores son objetivos, es decir, valorarán igual dos viviendas de la misma planta de un edificio, con la misma superficie, aunque una de ellas está reformada y con las máximas calidades y la otra no.
Quien compre una casa okupada o una VPO evitará el famoso valor de referencia catastral

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Desde el pasado 1 de enero de este año quien compre una vivienda usada debe tributar en el ITP conforme al nuevo valor de referencia de Catastro y no conforme al valor real de compra del inmueble, es decir, por un valor mayor en la mayoría de las ocasiones. Sin embargo, los contribuyentes que adquieran una casa okupada o una vivienda de protección oficial podrían estar exentos de tributar por este nuevo valor impuesto por el Ministerio de Hacienda. Una resolución de la Dirección General del Catastro les avala.

Guía práctica del nuevo valor de referencia de Catastro

El pasado 1 de enero de 2022 entró en vigor el nuevo valor de referencia de Catastro, que es la base imponible de impuestos tan importantes como el ITP o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y, por tanto, afecta a la compra, herencia o donación de viviendas. Para entender cómo afecta a los contribuyentes, cuáles son sus consecuencias y qué vías hay para reclamar, repasamos esta modificación de forma práctica en este especial.
Los tribunales tumban la que es la base imponible del ITP y Sucesiones desde enero de 2022

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Desde 2015 en Castilla La Mancha se ha puesto en marcha una prueba piloto del valor de referencia de Catastro como medio de comprobación de valores, es decir, como un medio más para que Hacienda pueda comprobar que los compradores de una vivienda usada han pagado el ITP correspondiente o que los herederos han pagado correctamente el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD). Y a partir de 2022, mediante la entrada en vigor de la Ley 11/2021, dicho valor de referencia de Catastro será la nueva base imponible tanto del ITP como del ISyD. Pero ya hay varios tribunales que han anulado este valor. Te explicamos por qué.
El regalo envenenado del nuevo valor de referencia de Catastro: si no lo recurres, pagarás más impuestos

El regalo envenenado del nuevo valor de referencia de Catastro: si no lo recurres, pagarás más impuestos

Desde el pasado 1 de enero de este año el valor de referencia de Catastro es la nueva base imponible de impuestos tan importantes como el ITP (que se paga al comprar una vivienda usada) o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD), salvo que el valor declarado en la escritura sea superior. En el caso de heredar o recibir en donación una vivienda, hay CCAA donde el impuesto a pagar está muy bonificado, con lo que la deuda tributaria que debe pagar el contribuyente es posible que sea mínima o inexistente, pero… merece la pena recurrir igualmente el valor de referencia de Catastro para evitar pagar impuestos por otros lados.
Comprar una casa ahora o en 2022: la clave está en el nuevo valor de referencia de Catastro

Comprar una casa ahora o en 2022: la clave está en el nuevo valor de referencia de Catastro

El próximo 1 de enero de 2022 entrará en vigor el nuevo valor de referencia de Catastro, que será la base imponible de impuestos tan importantes como el ITP, que se paga al comprar una vivienda usada, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones o el Impuesto sobre el Patrimonio. Si te encuentras ultimando la compra de una casa, debes saber que el problema que trae este valor es su imposición a los contribuyentes y que en caso de que estimes que el valor de la vivienda que has comprado es inferior al nuevo valor de referencia, deberás probarlo ante Hacienda. Es decir, la Administración tributaria se cobra el ITP y si el contribuyente no está de acuerdo, deberá ser él quien pleitee mediante medios de prueba admisibles en Derecho.
El parque de viviendas de España está valorado en 4,1 billones de euros

El parque de viviendas de España está valorado en 4,1 billones de euros

Si todas las viviendas en España salieran actualmente al mercado tendrían un precio conjunto de 4,1 billones de euros, lo que supone multiplicar por casi cuatro veces el PIB nacional, según un estudio de idealista [empresa editora de este boletín] a partir de la valoración a precios actuales de todo el parque registrado en Catastro. Las casas en Cataluña acumulan el mayor valor por autonomía, con más de 791.000 millones de euros, mientras que la ciudad de Madrid es la más destacada, con 430.000 millones.
Estos municipios cambian el valor catastral de sus inmuebles en 2020: revisa si te afecta

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Un total de 1.092 municipios repartidos por el país sufrirán este año la actualización del valor catastral de sus inmuebles urbanos, según la revisión aprobada en el último Consejo de Ministros de 2018 y que publicó el BOE el pasado fin de semana. Estas variaciones pueden afectar a impuestos tan importantes como el IBI, la Plusvalía municipal o el ITP. Descubre si tu municipio es uno de los afectados.
Un Juzgado reduce el plazo que tiene el Ayuntamiento para exigir el IBI tras una revisión catastral

Un Juzgado reduce el plazo que tiene el Ayuntamiento para exigir el IBI tras una revisión catastral

Los contribuyentes que hayan sufrido una regularización catastral por haber hecho más obras en la vivienda van a recibir una buena noticia: el juzgado de lo Contencioso nº 6 de Valencia estima que el inicio de una revisión catastral no interrumpe la prescripción del derecho que tiene el Ayuntamiento de turno a exigir el IBI. Es decir, que, pese a dicha revisión, el consistorio debe pedir el IBI de los últimos cuatro años desde que notifica la nueva liquidación.
Los municipios donde el valor catastral de los inmuebles sube o baja este año: cómo te afecta

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Un total de 1.177 municipios repartidos por todo el país vivirán este año cambios en su valor catastral y la mayoría de ellos registrarán una subida, según la revisión que aprobó el Gobierno en el último Consejo de Ministros de 2018 y que publicó el BOE el pasado fin de semana. Estas variaciones pueden afectar a impuestos tan importantes como el IBI, la plusvalía municipal o el ITP. Descubre si tu municipio está afectado.

Así puedes recurrir la revisión catastral de tu casa si te han subido el IBI o la plusvalía municipal

Muchos contribuyentes han visto cómo, en los últimos años, el valor catastral de su casa se ha incrementado notablemente. Normalmente, los efectos de dicho “catastrazo” no se notan hasta que toca pagar algún impuesto como el IBI o la plusvalía municipal, que se calcula sobre el valor catastral ya revisado. Pero los contribuyentes pueden recurrir dicha revisión catastral en tres momentos diferentes, tal y como explica José María Salcedo, socio de Ático Jurídico.
El 96,4% de los inmuebles en Barcelona se librará de la subida del IBI, pese a la revisión catastral

El 96,4% de los inmuebles en Barcelona se librará de la subida del IBI, pese a la revisión catastral

Barcelona llevaba 16 años sin actualizar el censo de sus inmuebles. Ahora, tras la revisión, los valores catastrales de la capital catalana han subido un 19% de media, pero el 47% de ellos estaban sobrevalorados. Con este ajuste, prácticamente ningún inmueble se verá afectado por la subida del IBI de 2018: el Ayuntamiento fijó en sus Ordenanzas Fiscales que las subidas no afectaran a aquellos hogares con valor catastral inferior a 300.000 euros, y eso supone un 96,4% del total de inmuebles.