La ocupación ilegal, también llamada okupación, es uno de los mayores miedos para cualquier propietario. Por eso, es muy importante conocer el estado posesorio de cualquier inmueble antes de comprarlo.
La nueva ley antiokupas, incluida en la Ley Orgánica 1/2025, permite a los propietarios desalojar a los okupas en un plazo de 15 días mediante juicios rápidos para delitos como allanamiento de morada y usurpación. Sin embargo, expertos señalan que su efectividad es cuestionable debido a la posible dilatación de los procesos judiciales y casos de vulnerabilidad. La ley no aborda el problema de los "inquiokupas," inquilinos que permanecen sin pagar. La saturación judicial y la falta de recursos son los principales obstáculos para su implementación eficaz.
Las segundas residencias, generalmente, están deshabitadas durante largos periodos de tiempo.
En España, la ocupación ilegal de viviendas se ha convertido en un problema creciente que afecta tanto a propietarios de segundas residencias, como de vivienda habitual.Ante esta situación, contar con la ayuda de un seguro antiokupas es una herramienta indispensable para proteger tu propiedad, tus d
Si has descubierto que tu vivienda ha sido ocupada, es fundamental actuar con rapidez y conocimiento.
En España, la ocupación ilegal se está convirtiendo en una preocupación latente entre los propietarios.
La ocupación ilegal de viviendas es una preocupación creciente en España, especialmente para propietarios de segundas residencias o viviendas vacías. Uno de los aspectos más angustiosos de esta situación es el tiempo que puede llevar recuperar la propiedad, así como los costes asociados al proc
Con la aprobación del Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia el 19 de diciembre de 2024, se van a reducir los plazos considerablemente para los casos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda, pero no en los casos de inquiokupación. En concreto, estos dos delitos se tramitarán bajo el procedimiento de juicios rápidos, pudiendo estos celebrarse en un plazo estimado de 15 días.
Enfrentarse a la ocupación ilegal de una propiedad es, sin duda, una de las mayores preocupaciones de los propietarios. Además de no saber cómo hay que proceder, la ocupación de un inmueble acarrea complicaciones legales, daños en la propiedad y posibles pérdidas económicas.
El servicio de de asesoramiento jurídico gratuito para ciudadanos afectados por la ocupación ilegal de viviendas del Ayuntamiento de Zaragoza ha atendido 370 incidencias en los últimos tres años, de las que un 10,8% han sido calificadas como casos de vulnerabilidad. El casco histórico es la zona donde más propiedades han sido ocupadas. En los seis primeros meses 2024 ya se han iniciado 52 estudios, la misma cantidad que en todo 2023. La alcaldesa de Zaragoza, Natalia Chueca, ha afirmado estar trabajando en la creación de un Protocolo Antiocupación.
El tiempo que debe esperar un propietario en España para tener una sentencia que permita desalojar a los okupas de una vivienda está en máximos históricos. A cierre del año pasado, el plazo medio se situó en 23,2 meses, sumando los procedimientos de los Juzgados de Primera Instancia y los posibles recursos de las Audiencias Provinciales. Castilla y León y Murcia son las CCAA con los periodos más largos, mientras que Navarra y Aragón tienen los más reducidos. Los despachos de abogados critican el colapso de la Administración de Justicia por falta de medios y aseguran que se está debilitando el derecho a la propiedad privada.
La okupación es uno de los principales quebraderos de cabeza de los propietarios de viviendas, y de los vecinos de una comunidad. Que okupen un piso o una casa en tu urbanización o bloque puede suponer un grave problema, más en caso de que los delincuentes realicen actividades ilegales o molestas para el resto de propietarios. ¿Qué puede hacer una comunidad de propietarios frente a un okupa? Lo primero que hay que hacer es denunciarlo ante la policía y avisar al propietario de la casa. En caso de que la policía no consiga echarlos, habrá que interponer una demanda judicial.
La Agencia Negociadora del Alquiler se suma a la propuesta de la Catedrática de Derecho Civil Matilde Cuena Casas de modificar la libertad de forma del contrato de alquiler que contempla el artículo 37 de la Ley de Arrendamientos Urbanos con el fin de impedir que un documento falso sea suficiente como para que un juez paralice un desalojo. Y propone una medida más: que los arrendadores deban acreditar su condición en los registros públicos de las CCAA para poder inscribir el contrato de arrendamiento, lo que supondría una herramienta muy eficaz para que los jueces puedan poder actuar rápidamente y desalojar a los okupas que presentan contratos simulados y, a la vez, permitiría aflorar arrendamientos sumergidos, según ANA.
Matilde Cuena Casas, doctora en Derecho por la Universidad Pontificia Comillas (ICADE) y vicepresidenta de la Fundación Hay Derecho, critica el impulso generalizado de la okupación de viviendas en España, el desamparo legal de los propietarios, sobre todo cuando son personas jurídicas, y que se utilice un remedio a corto plazo para proteger a los colectivos vulnerables. Y ve razonable modificar la libertad de forma del contrato de arrendamiento que contempla el artículo 37 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, con el fin de impedir que un documento falso sea suficiente como para que un juez paralice un desalojo.
En España se calcula que hay 3,4 millones de viviendas vacías. Muchas de esas casas están a la venta o esperando nuevo inquilino.
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