
El Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón al Ayuntamiento de Palma y avala que Cort pueda prohibir en la ciudad los alquileres turísticos. Fuentes cercanas han confirmado que, de este modo, el Alto Tribunal acepta el recurso presentado por el Consistorio contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB), que en septiembre de 2021 anulaba la prohibición.
En abril de 2018, el Ayuntamiento de Palma anunció la prohibición del alquiler turístico en viviendas plurifamiliares, siguiendo la propuesta de zona única para Palma. Ahora, el portavoz del Govern balear y conseller de Turismo, Iago Negueruela, ha celebrado esta sentencia y ha insistido en la necesidad de contar con un marco estatal y europeo para poder sancionar a las plataformas que comercialicen estancias ilegales.
En declaraciones a Europa Press, Negueruela ha considerado "muy importante" la resolución del Supremo sobre la zonificación que hizo el Ayuntamiento de Palma. "Siempre dijimos que era plenamente legal poder limitar una actividad y hacerlo de forma general", ha recalcado.
Cabe recordar que en el verano de 2017 el Gobierno balear puso en marcha la ley autonómica de alquiler turístico 6/2017, una ampliación de la Ley de turismo 8/2012, y con la que introducía multas de hasta 400.000 euros a las empresas que anunciaran inmuebles sin número de referencia que garantizase su legalidad.
Desde julio de 2018 los propietarios de un piso o apartamento situado en Palma no pueden alquilar su vivienda a turistas; se prohíbe definitivamente los pisos turísticos en toda la ciudad.
Solo se permite el arrendamiento a viajeros en las viviendas unifamiliares —casas aisladas o chalés— excepto los situados en suelo rústico protegido, en el entorno del aeropuerto y en áreas de uso no residencial como los polígonos industriales.
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