
Bruselas ha publicado un informe que analiza cómo está el IVA en los diferentes países de la Unión Europea. Y su veredicto es que el tipo medio del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de España es el más bajo de todos: se sitúa en un 8,6%, seguido de Reino Unido (9,2%), Bélgica (9,8%) y Francia (9,8%). Son los únicos cuatro país con un tipo medio de un solo dígito según publica el diario ABC.
Al otro lado de la tabla se sitúan, por ejemplo, Lituania, Malta, Croacia y Hungría, que superan el 15%, mientras que Rumanía cierra la tabla con un IVA medio del 17,6%.
El Impuesto de Sociedades en el mundo: así gravan los países el beneficio de las empresas
Reino Unido quiere rebajar cinco puntos el Impuesto de Sociedades, hasta dejarlo en el 15%, para intentar frenar la huida de empresas a otros países tras el Brexit. ¿Se trata de un nivel atractivo? La respuesta depende de con qué país lo comparemos. En Bermudas o Bahrein, por ejemplo, esta figura impositiva se sitúa en el 0%, mientras que en Irlanda o Bulgaria es inferior al 12,5% y en Francia, Bélgica, Italia, EEUU o Japón supera el 30%. En España se sitúa en el 25% y en Alemania, en e
España, a la cola de Europa en recaudación por IRPF e IVA pero al frente en ingresos por IBI y Sucesiones
Las últimas cifras de Eurostat han puesto de relieve los desequilibrios que existen en nuestro país en lo que se refiere a la recaudación de impuestos. Mientras estamos a la cola europea en los ingresos obtenidos por IRPF e IVA, nos colocamos a la cabeza en recaudación a través del IBI, el único tributo en España que jamás ha perdido recaudación, y el Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Francia es el único país europeo que nos supera en todas las figuras impositivas.
Puedes aplicar la exención por reinversión en vivienda aunque no la incluyeras en la Renta
Una reciente resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) cambia las reglas del juego para miles de contribuyentes que venden su vivienda habitual. A partir de ahora, la exención por reinversión en vivienda no se considerará una opción tributaria, sino un derecho que puede ejercerse incluso tras haber presentado la declaración de la Renta, siempre que se cumplan los requisitos legales.
¿Incluir a un hijo como cotitular de una cuenta es una donación?
La pregunta es más común de lo que parece y tiene importantes implicaciones fiscales y legales. Muchas familias optan por compartir cuentas bancarias para facilitar la gestión del dinero, pero no siempre son conscientes de que esta decisión puede levantar sospechas ante Hacienda. Aunque añadir a un hijo como cotitular no implica automáticamente una donación, hay circunstancias en las que la Agencia Tributaria podría interpretar lo contrario. En este artículo te explicamos qué dice exac
La deducción de hasta 340 euros para trabajadores con bajos ingresos ya es oficial
La nueva deducción en el IRPF para trabajadores con bajos ingresos ya es oficial y se aplicará en la declaración de la renta de 2025. Publicada en el BOE, la medida busca evitar que quienes cobran el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) tengan que pagar por primera vez a Hacienda como consecuencia de la reciente subida salarial. La deducción, de hasta 340 euros, beneficiará a quienes ganen menos de 18.276 euros brutos al año y cumplan ciertos requisitos de renta.
IRPF: ¿se puede aplicar la reducción por vivienda habitual alquilando habitaciones?
Alquilar una vivienda por habitaciones se ha convertido en una solución recurrente para propietarios que buscan rentabilizar su inmueble en zonas donde la demanda se dispara, pero surge una duda muy habitual: ¿este tipo de arrendamientos tiene beneficios fiscales en el IRPF? Según la Dirección General de Tributos (DGT), el alquiler por habitaciones no impide aplicar la reducción del IRPF prevista para arrendamientos de vivienda habitual. Eso sí, hay que cumplir una serie de condiciones, co
No aceptar ni renunciar a una herencia puede obligarte a pagar el Impuesto de Sucesiones
Quedarse en silencio ante una herencia —sin aceptar ni renunciar— no es una vía para esquivar el pago del Impuesto de Sucesiones. Así lo ha establecido el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en una sentencia que resuelve una cuestión clave y despeja dudas sobre los efectos jurídicos de las herencias “no gestionadas”. La resolución, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Málaga, respalda el criterio mantenido por la Agencia Tributaria de Andalucía. E
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Preparando el terreno...
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