Pasado el primer año, el tipo de interés es de euríbor + 0,75% con cuenta, seguros y plan de pensiones. Va destinada a financiar primeras y segundas viviendas
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Hipoteca variable de Bankinter
idealista/news

Bankinter ofrece actualmente uno de los préstamos más competitivos para la compra de viviendas habituales y segundas residencias.

En concreto, la hipoteca variable de Bankinter establece un tipo de interés del 2,50% durante los primeros 12 meses y a partir de entonces se reconvierte en euríbor + 0,75% (4,81% TAE) con las máximas bonificaciones.

Esto significa que, para poder obtener estas condiciones, es necesario abrir una cuenta en la entidad (sea nómina o no), contratar un seguro de hogar con un contenido mínimo de 30.000 euros y un continente equivalente al valor de tasación del inmueble; contratar un seguro de vida por el 100% del importe del préstamo, y también abrir un plan de pensiones y realizar aportaciones de al menos 600 euros al año.

En el caso de no cumplir ninguno de los requisitos planteados, que son opcionales, el tipo de interés se eleva hasta el 3,80% durante los primeros 12 meses, y luego pasa a euríbor + 2,05% (5,88% TAE).

Una de las principales ventajas de esta hipoteca es que va destinada a la compra de cualquier vivienda, ya sea una habitual o una segunda residencia, aunque los límites de financiación dependen del tipo de inmueble al que vaya destinada.

Si es una vivienda habitual, el máximo es del 80% del menor de estos importes: el valor de tasación del inmueble o su precio de compra. En cambio, si la operación es para adquirir una segunda residencia, el límite que establece Bankinter es del 60%. En cualquier caso, es necesario que se cumplan dos condiciones: el importe de la hipoteca debe ser de al menos 60.000 euros y el cliente tiene que residir en España y disponer de unos ingresos superiores a 2.500 euros mensuales.

También conviene tener en cuenta que la hipoteca variable de Bankinter tiene comisión de apertura de 500 euros y penaliza las amortizaciones anticipadas, ya sea un pago parcial o para cancelar la totalidad del préstamo. En concreto, la comisión máxima que puede cobrar el banco es de hasta el 0,15% del capital amortizado y siempre que el desembolso anticipado se realice durante los primeros cinco años desde la firma. A partir de entonces, como establece la normativa hipotecaria, las entidades financieras no pueden aplicar comisiones a las amortizaciones anticipadas. 

Por último, esta hipoteca se puede contratar a un plazo máximo de 30 años, pero siempre que ninguno de los titulares tenga más de 75 años en la fecha de vencimiento del préstamo.

 

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