Tiene un interés del 1,85% durante 10 años y luego pasa a euríbor + 0,60% con bonificaciones. Va destinada a vivienda habitual y su importe mínimo es de 100.000€
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Las condiciones de la hipoteca mixta de Ibercaja
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Ibercaja se consolida como uno de los bancos más activos en la batalla hipotecaria. De hecho, la entidad aragonesa está comercializando uno de los préstamos mixtos para la compra de vivienda más competitivos del momento.

La Hipoteca Mixta Vamos de Ibercaja establece un tipo de interés fijo del 1,85% durante los primeros 10 años, para reconvertirse a partir de entonces en euríbor + 0,60% (3,14% TAE) con las máximas bonificaciones.

Para lograr estas condiciones, el cliente debe domiciliar la nómina y los recibos de los suministros del hogar, usar una tarjeta de crédito de Ibercaja, contratar los seguros de hogar y vida, y realizar aportaciones periódicas a un fondo de inversión de la entidad.

En el caso de que no cumpla todos esos requisitos, el interés de la hipoteca mixta de Ibercaja se mantiene en el 1,85% solo durante el primer año y se eleva un punto desde entonces: hasta el 2,85% durante los nueve años restantes y hasta euríbor + 1,60% (3,37% TAE) en el tramo variable; es decir, desde el undécimo año hasta la fecha de vencimiento. 

La oferta del banco va destinada únicamente a la compra de viviendas habituales y establece un límite de financiación del 80% del menor de estos dos importes: el valor de tasación del inmueble o su precio de compra. En cualquier caso, el préstamo debe ser de al menos 100.000 euros.

Por otro lado, el plazo de contratación de la hipoteca mixta de Ibercaja es de hasta 25 años, con la única condición de que a la fecha de vencimiento de la operación ninguno de los titulares tenga más de 75 años de edad.

En cuanto a las comisiones, conviene tener en cuenta que hay penalización por amortización anticipada durante los 10 primeros años, en los que se aplica el tramo fijo. Ya sea una amortización parcial o una cancelación total de la hipoteca, la compensación máxima es del 2% del capital pagado antes de tiempo exceder el importe de la pérdida financiera que pudiera sufrir el banco. 

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