Pregunta de

13 Respuestas:

Miércoles, 28 agosto 13:21 cjara_glez responde a juana
La ley de propiedad horizontal es bastante clara, el inquilino tiene derecho a usar zonas comunes (como son escaleras, ascensores, patios, piscinas, etc.). Excluirlo en el contrato tiene su historia ya que hay cosas que no se pueden excluir.

---------

Mas claro, agua.

28 Agosto 2013, 14:02

En estos casos hay dos cuestiones fundamentales: el contrato de arrendamiento (para que excluya el uso de piscina deberá constar expresamente) y la naturaleza del elemento común (la piscina es posible excluir del uso para el inquilino, pero no la luz de escalera).

Otro problema es como hacer ejecutiva la exclusión de la piscina. Si hya un acceso con una llave especifica es posible, pero en otro caso...

Teófilo
28 Agosto 2013, 20:01

En ningún comentario se especifica si los gastos de la piscina conllevan un suplemento o coste extra por temporada, independientemente de la cuota comunitaria, si fuera así, lo lógico es que el inquilino aporte su correspondiente cuota por temporada, y de no haber sido especificado en el contrato de alquiler, será el propietario quien deba afrontar el costo para que el inquilino pueda disfrutar de la piscina.

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta