Buenas tardes. Tengo una parcela y voy a construirme una vivienda.
Hay partidas que tengo contratadas por valor de 100.000€ y las otras las haremos entre mi hijo y yo, ya que tenemos experiencia.
La duda que tengo es que cuando finalice la obra, parece ser que hay que realizar una escritura de obra nueva, pero no se qué cantidades debería declarar ni qué impuestos lo graba.
Agradecería algo de luz, ya que dependiendo de las cantidades, quizás no lleve a cabo la obra.
Un saludo. Gracias.
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1 Respuestas:
Para la promoción de la vivienda debes considerar:
1) Coste de proyectos. Realizado por arquitecto Obligatoriamente
2) Coste de licencias e ICIO. Depende del tipo vigente en el Ayuntamiento. Se calculan en base al PEM, pero sujeto a una complementaria si hay desviaciones.
3) Una vez finalizada la obra, se procede a otorgar la Declaración de Obra Nueva (DON). NO ES UN TRAMITE OBLIGATORIO, PERO SI ACONSEJABLE. Debe realizarse en escritura pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad. Aparte del coste de notario y registrador, los impuestos dependerán de la CCAA. Tributa por AJD (entre el 1% y el 1,5%, según las CCAA), y su base imponible es el "coste real de la obra ejecutada", entendiendo por tal: "por coste de la obra debe entenderse la totalidad de los costes incurridos en la ejecución de la obra, ya sean directos o indirectos, siempre que constituyan parte del coste de la obra efectuada".
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