15 Respuestas:

Elena
11 Octubre 2010, 13:01

Hola bronson,

Efectivamente, el rd 727/1993 permite que las vpo de promoción privada acogidas a regímenes anteriores al decreto ley de 1978 puedan venderse a precio libre, no estando sujeto a regulación. Pero esto no afecta a las vpo de promoción pública, que deberán transmitirse a un precio máximo estipulado y determinado por las administraciones durante el tiempo que se dure la protección

Aunque en leyes anteriores no se haga diferenciación entre promoción pública y privada, en el rd 727/1993 sí queda establecida esta distinción, así como el hecho de que sus determinaciones (como por ejemplo la liberalización del precio) sólo afectan a la promoción privada. Las viviendas de promoción pública seguirán afectadas por las limitaciones de la legislación bajo la cual fueron calificadas, que proponía 50 años de protección en los que habrá que limitar el precio máximo de transmisión

Un saludo

Experto avalado por idealista
dabross89
16 Julio 2023, 15:27

In reply to by egarcia

Si VPO es privado+no afecta derecha tanteo y retracto+tiene precio libre, es de 1977- significa que lo puede comprar cada,persona? (no registrada como demandante)?. Mi notario en Valencia ha bloqueado mi compra y no sabe que documentos pedir de inmobiliaria. Pidió "certificado de precio VPO"...y no le sirve para nada;) No puedo entender el thema de VPO...precio es libre, no tienes que notificar pero notario dice "Hay que registrarse como demandante VPO". En EVHA Valencia dicen - "no nos interesa este piso porque es de promocion privada...pregunta en Generalitat Valencia". En Generalitat Valencia me dicen "Pide Comunicación de la decisión de trasmisión de viviendas contempladas en el Decreto... "....y esto se pide de EVHA(ellos registran demandantes VPO):D Necesito ayuda porque es demasiado complicado

11 Octubre 2010, 13:53

Halo,egarcia,quiero agradecerte tu respuesta y comentarte que segun tenia en
Tendido,estas viviendas, vpo (publicas)fueron desprotegidas de hecho no de derecho al promulgarse la mencionada ley del 1993.
Puesto que dicho decreto,desprotege la vpo anteriores a 31/10/1978.

Muchas gracias un saludo.

Elena
13 Octubre 2010, 9:36

In reply to by BRONSON (not verified)

Hola,

El decreto no desprotege las viviendas anteriores a 1978, éstas siguen siendo protegidas y así figura en escritura y registro. Lo que liberaliza es el precio de transmisión de las de promoción privada. Pero sólo las de promoción privada, en ningún caso las de promoción pública. De hecho, la normativa que comentas se titula: "real decreto 727/1993, de 14 de mayo, sobre precio de las viviendas de protección oficial de promoción privada": no afecta a la vpo de promoción pública

Un saludo

Experto avalado por idealista
Joseluis
13 Marzo 2018, 9:35

In reply to by egarcia

No tengo claras cuales son las viviendas de protección oficial privadas anteriores a 1978. ¿Las acogidas al decreto 2114 de 1968 que regula las viviendas de proteccion oficial son publicas o privadas? Aparentemente no hay distincion entre publicas y privadas en esta ley. Yo, por tanto entiendo que a estas del decreto 2114 les afectaría la libertad de precio que establece el R.D. 727/1993 ¿Alguien sabe fehacientemente la distincion entre pùblicas y privadas y en que ley aparece? Muchas gracias.

musclemadrid
15 Septiembre 2020, 9:43

Buenos días las privadas son promociones costruidas y vendidas por una empresa privada y públicas costruidas o encargadas pero asignadas por un Ayuntamiento o una comunidad autónoma

Kiko
9 Febrero 2021, 19:15

Hola, una pregunta al hilo. Para adquirir una vivienda de protección oficial de 1974, le quedan tres años para liberalizarse, que requisitos tiene que cumplir el comprador actual?

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