
Artículo escrito por josé Luis Ruiz bartolomé, consultor empresarial y analista inmobiliario
Ya está aquí la ansiada reforma de la ley de arrendamientos urbanos (lau). Desde el día 6 de junio ha entrado en vigor la ley 4/2013 de medidas de flexibilización y fomento del mercado de alquiler de viviendas (ley 4/2013)
¿Una reforma necesaria? sí. Partimos de un hecho incontestable: en España hay alrededor de tres millones de viviendas vacías en manos de particulares que, en la amplia mayoría de los casos, no están en el mercado del alquiler. Es decir, una buena parte de los españoles destinan sus ahorros a invertir en viviendas para luego no obtener rentabilidad por el arrendamiento de su uso y disfrute. Al mismo tiempo, hay una importante demanda insatisfecha. Así pues, es evidente que hay un problema, y se supone que la reforma trata de solucionar el problema. ¿Lo conseguirá? vayamos por partes
La medida que más ha llamado la atención de la opinión pública ha sido sin duda la reducción de la duración obligatoria a la sola decisión del arrendatario –cualquiera que sea la duración pactada-, desde los cinco años actuales hasta los tres de la reforma (de tres a uno en la “prórroga obligatoria”). Muchos dicen que este cambio “beneficia” al arrendador. En mi opinión, a lo sumo se podría decir que deja de perjudicar al arrendador tanto como lo venía haciendo hasta ahora: ya no queda sometido a la voluntad del inquilino por cinco años, “sólo” por tres
¿Por qué, en una relación que debería ser de igual a igual, la ley le concede tal poder desequilibrante al arrendatario? dicen que es un “bien objetivo” la estabilidad del hogar. Sin duda esa estabilidad es deseable, al menos tanto como a la estabilidad y certidumbre a las que aspira el dueño del piso acerca de la duración del contrato. Pero, ¿es esa la única manera de garantizar la estabilidad del arrendatario? ¿a costa de la inestabilidad del arrendador? parece razonable que esa deseable estabilidad la puedan pactar libremente las partes
No hay nada que impida que las partes acuerden duraciones de tres, de cinco, de 10 años o de 20 años si así lo desean. No hay nada que le guste más a un arrendador que tener un arrendatario a largo plazo, que se quede muchos años, que le garantice una rentabilidad a su inversión y que no tenga por tanto que ocuparse cada año o cada dos años de buscar un nuevo inquilino solvente. Ser propietario de vivienda no debería comportar obligaciones de carácter social –y marcadamente populistas- para con los inquilinos. No olvidemos que ambos son jugadores privados del mercado. Si el estado, con su parque de viviendas, quiere conceder regalías a los arrendatarios está en su derecho (siempre que los votantes se lo consientan, claro) pero que un particular, por el mero hecho de poner un piso en alquiler –en el que probablemente ha puesto buena parte de sus ahorros-, deba asumir tal nivel de incertidumbre y desequilibrio no parece muy razonable. No deberíamos asombrarnos de que muchos decidan no sacarlos al mercado
Como contrapartida a esta medida, como si intentara compensar el “agravio” al arrendatario, el legislador ha ideado la que para mí es la más desafortunada de las nuevas medidas: la posibilidad de desistimiento en cualquier momento –una vez transcurridos seis meses de contrato- por parte del arrendatario con tan solo 30 días de preaviso ¿qué inversor, qué propietario de vivienda va a sentirse cómodo con este esquema? ¿quién se va a interesar por un arrendamiento de 10 años de duración si resulta que con un preaviso de 30 días se puede ir? al menos, la lau garantizaba la permanencia por la anualidad en curso. No parece la mejor medida para atraer la inversión al sector
Pero no sólo hay inseguridad jurídica para el arrendador, también para el arrendatario. Parece razonable que si alguien decide poner un piso en alquiler –es decir, utilizarlo en su faceta de inversión-, deba asumir que lo hace con todas las consecuencias y, si el casero posteriormente necesita alojamiento para sí o un familiar, lo que tiene que hacer es alquilar otro piso. No es normal que un inquilino pueda ver amenazada su posición –su estabilidad- por el mero hecho de que el dueño lo pueda necesitar. ¡Como si en la España de la post-burbuja no hubiera otros pisos donde vivir! los pactos están para cumplirse
Igualmente, me cuesta encontrar un fundamento jurídico de peso para justificar que la falta de inscripción del contrato en el registro de la propiedad signifique la posibilidad de extinción del arrendamiento si el piso cambia de manos. Sin duda esta medida busca incentivar la inscripción registral (que conviene recordar que ni es obligatoria ni es constitutiva). ¿Para qué? seguramente para facilitar a la administración tributaria la sujeción del arrendamiento a nuevos hechos imponibles, cuando el ministro de hacienda de turno tenga a bien. No hay objetivamente ninguna razón para que un pacto, un contrato, no deba ser cumplido por el nuevo propietario de la vivienda, esté inscrito o no en el registro
Otra de las novedades que más me ha llamado la atención de la reforma de la lau (y que ha pasado desapercibida) es la eliminación de los llamados “arrendamientos suntuarios”. Estos arrendamientos son los que tienen por objeto viviendas de más de 300 m2, o cuya renta inicial anual supera en 5,5 veces el salario mínimo interprofesional anual. Sin duda el legislador de 1994 pensó que el inquilino de ese tipo de vivienda, dado su presumible nivel de renta, no necesitaba una especial protección. Y por eso estos arrendamientos se acordaban, a diferencia de la generalidad, por la voluntad de las partes y sólo supletoriamente por el título ii de la lau. Así pues, y a pesar de que el preámbulo de la nueva ley 4/2013 dice textualmente que su intención es “reforzar la libertad de pactos dando prioridad a la voluntad de las partes” no sólo ha terminado con esta excepción sino que sigue rigiendo, salvo en lo expresamente autorizado, el título ii. ¿Neolengua?
Por último, y vista la argumentación que da la ley 4/2013 (“intrusismo”, “competencia desleal”, “calidad del destino turístico”), cada vez tengo menos dudas de que la exclusión del arrendamiento por temporadas de la lau se ha de interpretar en la manera en que muchos analistas lo han hecho en las últimas semanas: como una cesión al lobby hotelero. Para más inri se pretende ceder las competencias a las comunidades autónomas. ¿Unidad de mercado?
Para terminar, las medidas que me parecen positivas:
- Posibilidad de suspender el pago de la renta del contrato cuando el arrendatario acometa obras, por el tiempo que pacten.
- Libertad para pactar la actualización de la renta.
- Agilización de plazos en casos de impago, mediante la reforma de la ley de enjuiciamiento civil
- Creación de un registro de sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler.
En conclusión, decepción por una reforma de la que se esperaba mucho más, habida cuenta del estupendo antecedente que el mismo ministerio culminó hace unos meses –la reforma de las socimi-
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50 Comentarios:
Es una mierda de época porque lo son las expectativas de mejora del poder adquisitivo, de mejora en general. Parecía que se tenía todo al alcance de la mano, pero era falso: permitieron a la población que accediera a todos los sueños que siempre había tenido, y eso generó crecimiento, y empleo, y, sobre todo, posibilitó unos beneficios que de otro modo no se hubieran producido. Y lo mejor, todo eso se hizo a pagar mañAna. Y, ¿Quién renuncia a un sueño?.
Estos años que median entre el 2002 y el 2007 han sido la traca final de unos fuegos de artificio que empezaron en 1950 pero que a mediados de los 70 ya habían gastado la mayoría de toda la pólvora seca: al final hasta se tuvo que echar gasolina-crédito para que ardieran. Ya no queda nada de aquello, sólo lo que de verdad tenemos. Lo que de verdad tenemos”.
Tan sólo eso: lo que de verdad tenemos.
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Yo lo que de verdad tengo son unas latas de sardinas en escabeche. Si quieres te tiro unas cuantas por la ventana, desgraciao. Muertodehambre.
Podías haberle respondido a tu amiga que lo que hacía era un despilfarro. Así aprenderá a vivir más humildemente. Al basar todo en el dinero después vienen batacazos
Otro parche en la lau, que no da soluciones a los alquileres de viviendas, de renta antigua. Es vergonzoso, que tengan impuesta una labor social a propietarios, durante generaciones y que ningún gobierno asuma la responsabilidad, que es competencia de ellos...
Lo que se debe hacer de una vez por todas para evitar el abultadisimo parque de viviendas vacias es poner impuestos a las viviendas que no se saquen a la venta o alquiler, recordemos que segun la constitucion la vivienda es un derecho, lo que no quiere decir que nos las regalen, evidentemente. Pero si que las leyes deben ir orientadas a que esta este en unos margenes acordes a nuestro poder adquisitivo, vamos que prevalezca ese derecho sobre el negocio.
Se sacan viviendas que estan vacias, asi se baja el precio de los alquileres, y a su vez se gana dinero via impuestos, ya que ese alquiler seria con contrato legal
"La España cambiante deja rastros, secuelas por todas partes.
Una de ellas es el paro, un roto descomunal en el tejido social, un drama en miles de familias. Hasta hace poco, cuando te encontrabas con antiguos compañeros de trabajos o de colegio, la pregunta era obligada "¿Qué tal la familia? Tus hijos, ¿Estudian, trabajan? ¿Todo bien?" Eran preguntas rutinarias de norte a sur, de este a oeste. Un signo de buena educación mal entendida, puro formulismo que se ha transmitido de padres a hijos en grandes ciudades o en pueblos pequeños. Hoy, con muchas familias desgarradas por el paro, la pregunta es la misma.
"Y tus hijos ¿Trabajan?". Ya nadie pregunta por el estado de salud, porque, entre otras cosas, les importó siempre un bledo. Tampoco preguntan si estudian, si están casados o viven en pareja. Hoy, amigos, familiares lejanos, que has tratado de esquivar, pero que te agarran de la camisa para forzarte la pregunta, son protagonistas de una sociedad presa del miedo al paro, bien porque ya tienen miembros de la familia en este estado, bien, porque el círculo se va estrechando: casi todas las familias españolas conocen a alguien de su entorno en paro. Es el drama de una España, que se agarra al populismo y que, en determinados casos, traspasa líneas rojas, como las de trabajar sin cobrar o, en el mismo acto, percibir salarios de miseria..."
PARA EL ALQUILER DE APARTAMENTOS TURISTICOS, hABITACIONES, hOSTALES, hOTELES, pENSIONES ILEGALES, qUE COBRAN EN NEGRO Y GENERAN MOLESTIAS Y RUIDOS A LOS VECINOS DE LAS COMUNIDADES: serian ideales los delatores anonimos vecinales a hacienda y que el gobierno siguiera el ejemplo de Badalona y empezara a multar con 500.000 euros a los apartamentos turísticos ilegales. Seria una fuente de ingresos inagotable. Revisando finca por finca de este país como si fuesen hostales u hoteles, se descubriría la cantidad de dinero que pierde el Estado. No controlando la de personas que alquilan pisos y habitaciones, hostales, hoteles y pensiones ilegales, sin ningún tipo de control.... sin embargo a los hoteles y hostales legalizados, les exigen unos controles muy extrictos. No hay que olvidarlo y pensar en los demás!!!! ¿A ellos si les pueden hacer inspecciones? ¿Por que hay tanto interés en que a los apartamentos turísticos, siendo negocios, no se les hagan las mismas inspecciones? No será, que los "piratas o vampiros del turismo" presionan con fuerza!!! ¿Quienes son los que más "pisos turísticos" pueden alquilar? Los que tienen pisos en propiedad. Las empresas que alquilan los pisos turísticos, en un piso "por ejemplo" de 50m2, con 2 habitaciones, dejan que se alojen 6 turistas, pero como estos turistas tienen las llaves ¿Estos no alquilan a más turistas? Yo sospecho que si, por mi experiencia de la cantidad de gente que sale y entra de estos pisos ¿Quien los controla si les han dejado las llaves y no hay recepción? Toda esa cantidad de personas que entran a los vecindarios, escapa al control de la policia y de hacienda, que podría sacar una buena tajada!!!! También se podría multar a las comunidades, para que controlen quien entra y quien sale de las fincas, como si fuesen "hostales" legalizados. Las comunidades, vecinos y administradores de fincas actualmente son "complices" de este fraude actualmente difundido. Y se lo callan!!!! Hacienda podría multar a la vez... a todos los que participan de la fiesta!!!! Primero a los propietarios que cometen el fraude, segundo a las comunidades de vecinos que son complices de este engaño y tercero a los administradores de fincas que se lo callan. Hacienda obtendría triple beneficio y con estas multas contratar cada vez más a mas inspectores...
Jojo como chinchan los ladrilloflautas
Viendo como no para de bajar su zulito de los cohones
Y asi les quedan 15 años y despues precios muertos otra década
Esta es la realidad de España, con su corralito ladrillero
Solo los que tienen dinero sin meter en ladrillos
Tienen el futuro asegurado y rentando
Qué artículo más malo (y peor escrito).
En efecto, mal vamos con tales expertos
Me voy meter debajo de la cama y voy a llorar un rato largo. Ah, y voy a guardar mejillones en escabeche y lentejas de bote.....pues siguen bajando, que berrincheeee
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