
En las juntas de propietarios es donde se aprueban o rechazan las decisiones de una comunidad de vecinos. En ellas, se exponen las razones de unos y otros sobre los aspectos que atañen a la comunidad, como normas o presupuestos.
En algunos casos, especialmente cuando hay un determinado número de personas en contra de una propuesta aceptada, se puede impugnar lo acordado en la junta. Te contamos todo lo que tienes que saber sobre cómo impugnar un acta de la comunidad de propietarios.
¿Cómo impugnar un acta de comunidad?
La impugnación de un acta debe realizarse dentro de un plazo determinado, generalmente de tres meses desde la adopción del acuerdo por la junta. Sin embargo, si el acuerdo es contrario a la ley o a los estatutos, el periodo se extiende a un año. En caso de que un propietario no haya podido asistir a la reunión, el plazo comienza a contar desde el momento en que tiene conocimiento de los acuerdos adoptados.
Si un comunero no pudo asistir a la junta, ni personalmente ni mediante representación, tiene un plazo de 30 días naturales desde la notificación del acuerdo para manifestar su discrepancia. Según la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), si el propietario ausente, debidamente notificado, no comunica su rechazo en ese plazo mediante un medio que permita constatar su recepción, su voto se considerará favorable. Esto aparece regulado en el artículo 9 de la LPH.
Es necesario contar con un abogado para impugnar un acta de la comunidad. Este proceso implica presentar una demanda ante los tribunales, lo que exige la asistencia de un abogado que se encargue de la defensa legal y la representación de un procurador que actúe como intermediario ante el juzgado.
Es importante señalar que la impugnación de los acuerdos no suspende su aplicación, salvo que un juez disponga lo contrario como medida cautelar. La suspensión deberá ser solicitada por el demandante.
Finalmente, será el juez quien determine, mediante sentencia, si el acta impugnada presenta los defectos legales necesarios para que sea anulada. En caso de no cumplir con los plazos establecidos para presentar la impugnación, la acción no será admitida, y los acuerdos adoptados quedarán validados y serán aplicables.
Motivos para impugnar un acta de comunidad
La impugnación puede presentarse ante los tribunales en determinadas circunstancias, tal como establece el artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Por ejemplo, en aquellos casos en los que las decisiones adoptadas sean contrarias a la ley o a los estatutos de la comunidad, cuando resulten gravemente perjudiciales para los intereses de la comunidad en beneficio de uno o varios propietarios, o cuando provoquen un grave perjuicio a algún propietario que no esté jurídicamente obligado a soportarlo, especialmente si dichas decisiones se toman con abuso de derecho.
¿Quién puede impugnar una junta de vecinos?
Podrán impugnar los acuerdos de la comunidad los propietarios que hayan salvado su voto durante la junta, los que no hayan asistido por cualquier motivo y aquellos a quienes se les haya negado el derecho a votar de forma indebida.
Para hacerlo, el propietario que desee impugnar debe estar al día con el pago de todas las deudas vencidas con la comunidad o, en su defecto, depositarlas judicialmente antes de iniciar la impugnación. Sin embargo, esta obligación no se aplica si se trata de acuerdos relacionados con el establecimiento o cambio de las cuotas de participación entre propietarios, como indica el artículo 9 de la LPH.
¿Cuánto cuesta impugnar un acta de comunidad de vecinos?
Desde 2015, las personas físicas no pagan tasas judiciales para presentar una demanda, mientras que las personas jurídicas y entidades legales deben abonar una tarifa con una cantidad fija (aproximadamente 300 euros) y una variable del 0,5%.
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