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La 'nueva fórmula' de Hacienda para ajustar los impuestos por comprar o heredar una casa a precios de mercado
GTRES

El Proyecto de Presupuestos Generales para este año contempla un nuevo valor de referencia del mercado inmobiliario, distinto al valor catastral. Impulsado por Hacienda, esta “fórmula” persigue luchar contra el fraude y adecuar el cobro de impuestos como el IBI, ITP o el de Sucesiones y Donaciones según el precio de transmisión. Se trata de un valor que se puso en marcha en Castilla-La Mancha en 2015 y que se quiere utilizar en el resto del territorio.

Este nuevo valor de referencia del mercado nace, según el Ministerio de Hacienda, para fortalecer la seguridad jurídica y la transparencia. Lo manejará el Catastro y se calculará a partir de precios de transacciones de inmuebles comunicados por los notarios y que serán contrastados con otras fuentes de información.

Se trata de un nuevo valor que no tendrá nada que ver con el valor catastral, que sirve para calcular el IBI. Por tanto, de momento no habrá cambios en este impuesto que depende de los Ayuntamientos, tal y como asegura el Ministerio de Hacienda.

¿Y para qué sirve este nuevo valor? Castilla La Mancha lo está utilizando para comprobar el valor de una casa comprada, heredada o donada, de acuerdo con el método previsto en el artículo 57.1.c de la Ley General Tributaria. Las diferentes CCAA determinan el valor con varios métodos de comprobación que están contemplados en el artículo 57 de la Ley General Tributaria. Así, mediante dicha comprobación, las haciendas regionales revisan la valoración que el contribuyente ha realizado de un bien inmueble a la hora de tributar por su adquisición, tanto en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) como en el de Sucesiones y Donaciones (ISD).

Y es que el ‘quid‘ de la cuestión es que la base imponible del ITP y del ISD es el valor real de los inmuebles, no lo que se ha pagado por ellos, con lo que una CCAA puede prescindir del valor que aparece en la escritura pública y fijar ella el valor real del inmueble en base a alguno de los métodos previstos en el referido artículo 57 de la Ley General Tributaria.

Para evitar que haya un gran desfase entre el precio escriturado y el que determina la CCAA, Hacienda propone este nuevo valor de referencia inmobiliario que se calculará con los precios de transmisiones facilitados por los notarios.

Este valor de referencia inmobiliario lleva funcionando en Castilla- La Mancha desde 2015, que está siendo la prueba piloto. Según fuentes jurídicas, la idea es que este valor unitario se emplee en todas las autonomías a partir de 2020.

No obstante, el Proyecto de presupuestos aún tiene que debatirse en el Congreso (finales de abril) y conseguir apoyos suficientes para aprobarlo. Este nuevo valor está contemplado en la disposición final décima octava del proyecto.   

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2 Comentarios:

Manolenta
6 Abril 2018, 12:19

Es decir, que si yo compro, vendo o heredo algo que no sea un estándar de mercado, porque tengo la necesidad o encuentro un chollo, me jodo y sigo pagando impuestos como le sale al higo a Montoro... Es decir, que en lugar de buscar soluciones reales y modernos, eliminamos un problema para generar otro. Todas esas horas invertidas para nada, en línea de lo habitual en la administración pública.

si, por experiencia propia. Vivo en Castilla-la mancha y me ha sucedido. En general cuentan con el valor de tasación para calcular el importe, creo que es el apartado h del articulo 57. Con lo que es casi imposible evitarlo. Por poner un ejemplo: Compro una casa por 100.000€, que es un chollo, pero la tasación es de 169000, se paga el impuesto por 169000. Para el caso del ITP el 8-9%. Y en general te meten un recargo porque la mayoria de gestoras liquidan el impuesto por el valor de al operación no por el valor que te va a cobrar hacienda. En mi caso en concreto fueron unos 5000 euros adicionales de ITP.

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